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Amparo contra el concierto
El INAH solicita a la justicia federal que proteja a Chichén

21/10/2009

Investigadores del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) pidieron amparo de la justicia federal contra la celebración del concierto de Sarah Brightman en Chichén Itzá, programado el sábado 31.

Aun habiendo autorización de las autoridades federales, expusieron, no quiere decir que sea legal la realización de este tipo de actividades en zonas arqueológicas, como la de Chichén.

Cuauhtémoc Velasco Ávila, secretario general de la delegación D-II-IA-I, encabezó ayer una rueda de prensa en el Centro INAH Yucatán en la que mencionó que con actividades masivas y mediáticas, como el concierto de Sarah Brigthman, o como el de Plácido Domingo o el posible concierto de Elton John para 2010, ponen en riesgo los vestigios de manera innecesaria.

El uso de un monumento prehispánico es para educación e investigación, no para este tipo de actividades masivas y comerciales, detalló.

A nombre de la delegación sindical de Investigadores y Docentes del INAH interpondrán, dijeron que ayer mismo, amparo contra la celebración del concierto de Sarah Brightman.

En un documento señalan, entre otras cosas: “Los investigadores del Instituto Nacional de Antropología e Historia piden amparo de la justicia federal contra actos violatorios de las garantías individuales y sociales de las autoridades ordenadoras y ejecutoras en la celebración de 'El concierto de la pirámide, Sarah Brigthman en Chichén...'”.

“Las autoridades mencionadas como responsables ordenadoras de esos actos son: el secretario de educación pública, el director general del INAH, el coordinador Nacional de Arqueología, el Consejo de Arqueología, el director de la zona arqueológica de Chichén Itzá, la gobernadora del Estado de Yucatán y el Patronato de Unidades de Servicios Culturales y Turísticos del Estado de Yucatán (Cultur). Como autoridades ejecutoras se incluye a la misma gobernadora, al director del Instituto de Cultura de Yucatán, al presidente municipal de Tinum, Yucatán y al director de la zona arqueológica de Chichén Itzá.

“Se reclama de las autoridades ordenadoras: la orden, autorización y celebración del concierto a celebrarse el 31 de octubre, así como los permisos y licencias, en especial en lo que se refiere a que terceros dispongan, utilicen o administren la zona arqueológica. Esas concesiones suponen que las autoridades han sido omisas en proteger y conservar adecuadamente la zona de monumentos arqueológicos, siendo que la ley les obliga a ello. De las autoridades ejecutoras se reclama el cumplimiento y ejecución de las órdenes y autorizaciones, siendo que por ley están obligadas a proteger y conservar ese patrimonio y a evitar que sea utilizado para eventos no previstos en la ley.

“Considerando el interés histórico indudable de la zona arqueológica de Chichén Itzá, para el conocimiento e investigación de nuestras culturas preshispánicas, el 30 de noviembre de 1988 se emitió la declaratoria de zona de monumentos que en su artículo 5o declara: “La Secretaria de Educación Pública definirá los criterios de protección de la zona monumental; promoverá programas educativos y de divulgación que estimulen entre la población el conocimimiento, estudio, respeto y aprecio del patrimonio cultural de Chichén Itzá y por conducto del Instituto Nacional de Antropología e Historia, proveerá el cumplimiento de las disposiciones contenidas en este decreto. En el articulo 7o del mismo decreto señala: 'No se autorizarán construcciones en los monumentos, en la zona o en los predios aledaños a ella cuya función, diseño o ubicación alteren, afecten, o discrepen de los valores monumentales o del uso educativo y de investigación a que se dedica la zona'.

“Así se establece con toda claridad que la zona arqueológica queda bajo la protección de las autoridades federales de educación y el INAH, además de que no deben utilizarse los monumentos con un propósito diferente al educativo y de investigación. La celebración de espectáculos comerciales y conciertos masivos en la zona arqueológica y la utilización de los monumentos como escenario no están previstos ni permitidos en la ley”.

El abogado Irving Espinosa Betanzo mencionó que los pasos a seguir son la presentación y la admisión de la denuncia. En caso que sea admitida, el juez de distrito se debe pronunciar el lunes o el martes y cabe la posibilidad de la suspención provisional del concierto.

El doctor Velasco Ávila indicó que los investigadores de INAH lograron la cancelación del espectáculo de luz y sonido de Teotihuacán al interponer recursos legales y sus quejas, para la protección de la zona.

Alfredo Barrera Rubio, investigador del INAH, mencionó que el concierto de Plácido Domingo dejó gran cantidad basura y que las tarimas estuvieron sobre los monumentos preshispánicos. Se documentó que las zonas arqueológicas no son recomendables para estos espectáculos, agregó.— Claudia Ivonne Sierra Medina

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