Sin condiciones ni amenazas
Mario Maldonado Espinosa (*)
Todos en este país tenemos la libertad de elegir libremente a nuestros representantes. Una libertad que de ninguna manera puede ser condiciona por nada, ni por nadie.
En ese momento de privacidad, ante un voto reflexionado e inteligente es cuando ejercemos nuestra voluntad final después de un período de campaña y de escuchar a los aspirantes.
Sin embargo, desafortunamente los viejos vicios todavía no parecen acabarse en pleno siglo XXI para la coacción del voto. Aún hay ciudadanos que se preocupan ante la amenaza de que les quitarán un programa social o que ya no les darán más apoyos, y que si no votan por tal o cual candidato o partido, serán removidos de su trabajo.
Se trata de una lamentable situación que debe ser llevada a los órganos de investigación y justicia en el Estado para que los responsables sean sancionados como se merecen, en su caso.
Una persona me dijo que en casa de una lideresa estaban amontonando materiales como despensas, láminas, alambres, mallas y toda clase en enseres que serán repartidos en la campaña. El detalle, me comenta, es que viene de alguna dependencia pública. Muy grave de ser cierto, más aún si esto es para aprovecharse de las necesidades de las personas, sobre todo del interior del Estado.
Esas malas conductas están tipificadas en las leyes como delitos electorales, pueden y deben ser investigados y sancionados tanto por las autoridades federales como por los órganos locales, según sea el caso.
Definitivamente nadie puede ser amenazado a cambio del voto; para eso están las instancias que se encargan de garantizar la legalidad en las elecciones, pero también para que los recursos públicos o programas —federales o locales— no sean utilizados con fines político-electorales.
En el ámbito federal, existe una Ley General en Materia de Delitos Electorales, misma que es aplicada también para el Estado de Yucatán, en la que se establecen los delitos en que pueden incurrir tanto los particulares como los funcionarios.
En ese sentido, cualquier ciudadano que tenga conocimiento de un hecho irregular durante o después de las elecciones tiene no solo el derecho, sino la obligación de denunciarlos.
Pero esos delitos van más allá del condicionamiento de los programas sociales; también incurren en un delito electoral aquellas personas que recogen o retienen credenciales de electores; a quien solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.
También incurre en delito quien ordene evidencia del sentido de su voto o viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto; quien realice por cualquier medio algún acto que provoque temor o intimidación en el electorado que atente contra la libertad del sufragio.
En total, son 21 supuestos o conductas establecidas en la Ley General que señalan cuándo se trata de un delito electoral. Las penas incluyen multas, así como hasta de nueve o quince años de prisión, según sea el delito.
Todavía falta mucho para tener una auténtica cultura de denuncia en este tipo de delitos, inclusive hace falta legislación de lo que puede cometerse en las redes sociales en materia electoral y que afectan sin lugar a dudas los comicios.
Empero, lo que sí es cierto es que la ciudadanía, al hacer su parte denunciando, espera también que estos delitos sean castigados puntualmente, pues de otro modo en lugar de incentivar, creará solamente desanimo.
No se puede hablar de democracia cuando se vulnera la dignidad de las personas y se abusa de sus necesidades.— Mérida, Yucatán.
mariomaldonadoe@gmail.com
@mariomaldonadoe
Asesor jurídico
