Don Juan, de 60 años, ha comenzado a pensar en el futuro: “¿Qué pasará con mi patrimonio una vez que fallezca?, ¿se lo pelearán mis hijos?, ¿cómo plasmaré lo que quiero que suceda con mis bienes después de fallecido? ¿si hago testamento los bienes dejarán de ser míos?”.

Aunque hay quien dice que las personas vivimos como si nunca fuéramos a morir, lo cierto es que resulta de vital importancia preparar a tiempo lo que haremos con nuestros bienes después de esta vida.

A continuación todo lo que debería saber sobre el testamento.

Testamento es la manifestación legítima y acreditada de nuestra voluntad sobre a quien le transferiremos la propiedad de nuestros bienes después de muerto.

Es un instrumento legal que expresa la voluntad del legítimo propietario, para que una o varias personas determinadas adquieran el derecho de su propiedad después de su fallecimiento, es decir, un documento legal que expresa la voluntad del dueño del bien conocido.

Podrá realizar testamento toda persona que no esté declarada como incapaz, pero dicha declaración tendrá que hacerse por ley, solo en el momento en que ésta pretenda realizar su testamento, es decir, libre y razonadamente, para decidir a quién o quiénes designa como beneficiario de su patrimonio.

Características

Es personal, toda vez que no puede ser realizada por alguna otra persona, ni apoderado y hasta el momento no existe ningún mandato que otorgue esa facultad.

Es revocable, porque en cualquier momento se puede dar marcha atrás, y dejarlo sin efecto de manera expresa, o bien automáticamente se revoca al redactar un nuevo testamento.

Es libre, porque no debe existir violencia física o moral para que sea redactado en una forma distinta a la deseada

Mitos

Contrario a lo que se piensa comúnmente, el testamento no transfiere la propiedad mientras viva el autor de dicho documento. Es decir, no por el hecho de que tu papá en su testamento decidió que una casa será para ti significa que ya eres el dueño de la misma, por el contrario si tu padre sigue vivo es él y solo el quien sigue siendo el propietario de todos sus bienes, por lo tanto puede ocurrir también que después de realizado su testamento en vida adquiera diversas deudas y como consecuencia del incumplimiento de pago le sean embargadas o rematadas algunas de sus propiedades. Esta circunstancia no anula el testamento para los demás bienes que se haya dejado.

El autor de un testamento puede sin ninguna restricción vender cualquiera de sus propiedades. El testamento no es impedimento para que en vida su autor pueda vender, rentar o hipotecar dichos bienes.

Objetivo

Hay mucho mas allá de lo que normalmente se cree saber sobre la disposición testamentaria. Sin duda hacerlo en vida evita un sinfín de problemas para nuestros familiares en el futuro.

¿Y qué ocurre con las propiedades de alguien que fallece sin dejar testamento?, ¿quién tiene preferencia en los derechos a heredar?

Lo abordaremos la próxima semana.—Mérida, Yucatán

juridicofacil@hotmail.com

Doctor en derecho, titular del despacho jurídico Rubén Osorio y Asociados

 

 

 

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