El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) amonestó públicamente a Donato Aké Martínez, excandidato de Morena a la alcaldía de Dzemul, por difundir imágenes de menores de edad en su campaña electoral.
Además, declararon inexistentes otros dos expedientes, uno de ellos contra otro candidato morenista, también relacionado con menores de edad y otro de un excandidato panista acusado de usar recursos públicos en su campaña.
En el caso del ex candidato de Dzemul son dos acusaciones en su contra presentadas por Movimiento Ciudadano, el primero es el Procedimiento Especial Sancionador con expediente PES-012/2024, en el cual el TEEY amonestó públicamente a Aké Martínez, al contravenir la Constitución Mexicana y los Lineamientos para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de propaganda y mensajes electorales del INE.
En el expediente, Movimiento Ciudadano argumentó que se vulneró el interés superior de la niñez, porque el entonces candidato difundió material visual en su cuenta de Facebook en la que aparecieron menores de edad sin el rostro difuminado.
Sentencia contra un excandidato morenista
Fernando Bolio Vales, magistrado como encargado de la sentencia, señaló que se considera existentes las faltas hechas valer por la parte demandante, ya que Aké Martínez incumplió con su obligación constitucional, convencional y legal de salvaguardar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.
Según el expediente de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) se solicitó al denunciado copias de los escritos debidamente requisitados por quienes ejercen la patria potestad o tutela de cada uno de los menores que aparecen en las imágenes publicadas, ya que debieron consentir su aparición, como ordenan en los Lineamientos del INE.
Sin embargo, añadieron que no se recibió respuesta por parte del candidato morenista, a pesar de que fue notificado personalmente, y de acuerdo con información proporcionada por la empresa Meta Platforms Inc., se confirmó que la mencionada cuenta de Facebook es administrada por dicha persona, por lo que él es el responsable de los contenidos difundidos en ésta.
En consecuencia, el magistrado declaró existente la infracción objeto de la denuncia en contra de Aké Martínez, así como del partido Morena por culpa in vigilando, pues estaba obligado a cuidar los contenidos que se publican en las redes sociales de su candidato. Por lo anterior, la sentencia consistió en una amonestación pública.
En otro asunto del expediente PES-011/2024, se declaró como inexistente la acusación de uso de recursos públicos en su modalidad de programas federales con fines electorales que se le atribuía a ese mismo excandidato de Dzemul.
TEEY sanciona a más candidatos
El siguiente expediente que se abordó fue el PES-010/2024, en el cual se determinó como inexistentes las infracciones atribuidas al excandidato de Morena a la alcaldía de Ticul, Humberto Parra Sosa, de supuesta propaganda política con menores de edad y uso de símbolos religiosos.
También se sentenció como inexistentes los agravios contra del excandidato del PAN a la alcaldía de Teya, José Bernardo Rodríguez Arceo, sobre aparente uso de recursos públicos para actos de precampaña y campaña, promoción personalizada y la violación al interés superior de la niñez, entre otros, los cuales fueron analizados en el expediente PES-04/2024.
