Huracán Beryl
Debido al eventual impacto del huracán Beryl en Yucatán, el TEEY suspenderá sus actividades laborales del 5 al 7 de julio Credit: Comunicado

La Sala Regional de Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) entrar al estudio a fondo de la impugnación presentada por el Partido Acción Nacional en contra del resultado que dio el triunfo al candidato de Morena en la elección de diputado local por el distrito 01 con sede en Mérida.

En sesión pública de la Sala Regional también confirmaron las sentencias del TEEY en los casos de Baca y Sudzal, que corresponden a la asignación de una regiduría plurinominal en el primer caso y la alcaldía a favor del PAN en el segundo.

En el caso del Distrito 01, con la resolución de la Sala Regional no se anula la elección, sino que revocan la resolución incidental dictada por el TEEY en el recurso de inconformidad RIN-033/2024, que declaró infundado el incidente de nulidad relativa a la notificación realizada por estrados al PAN, con la que se le requirió precisar la causal de nulidad de las casillas impugnadas de la elección de diputado en el distrito 01 con sede en Mérida, como requisito de procedibilidad de este recurso y también se revocó la sentencia de improcedencia que aplicaron los magistrados yucatecos.

La Sala Regional decidió que le asiste la razón al PAN respecto a que el requerimiento que formuló el TEEY carecía de sustento jurídico, pues no era necesario que el partido precisará la causa de nulidad de las casillas que impugnó, ya que su pretensión no era la nulidad, sino controvertir los resultados del cómputo distrital, al considerar que se omitió computar los resultados obtenidos en siete casillas.

Añadieron que esa irregularidad del caso de las 7 casillas podía ser impugnada y analizada a través del recurso de inconformidad que se promovió, por lo cual se ordena al TEEY emitir una nueva determinación, en la que se analice, previa verificación del resto de los requisitos de procedencia la controversia planteada.

En el caso de Baca, la sala confirmó la sentencia del TEEY, que le otorga la razón al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) relativo a la asignación de regidurías de representación proporcional para integrar el cabildo con regidores de Nueva Alianza, PRI, PAN y PRD, al considerar que se ajustó a las fórmulas y procedimientos previstos en la ley electoral

Por último sobre el expediente de Sudzal, la Sala también confirmó la sentencia del TEERY del recurso RIN-022/2024, en la cual se confirma los resultados del acta de cómputo de la elección municipal y declaración de validez de la elección de regidores de mayoría relativa a favor de los candidatos postulados por el PAN.—

David Domínguez Massa, reportero de la Agencia Informativa Megamedia- Tiene 41 años de trayectoria periodística, y es colaborador de Grupo Megamedia desde 2000. Premio Nacional de Periodismo en 2006, se especializa en temas de política, gobierno y electorales.