CIUDAD DE MÉXICO (El Universal).— La Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró procedente la solicitud del PAN y PRD de medidas cautelares contra funcionarios de alto nivel, encabezados por el titular de Gobernación, Adán Augusto López, por participar el pasado fin de semana en la promoción de la Revocación de Mandato en eventos en Coahuila y Sonora.
Las medidas se dictaron contra funcionarios federales y estatales “por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y promoción indebida, derivado de la publicación de videos y mensajes en redes sociales, así como su participación en eventos de apoyo en favor del Presidente de la República”.
La Comisión de Quejas y Denuncias consideró necesario hacer un nuevo recordatorio a los siguiente servidores públicos de la obligación de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no influir, de ninguna manera, en la opinión ciudadana:
Adán Augusto López Hernández, secretario de Gobernación; Rocío Nahle García, secretaria de Energía; Luis Rodríguez Bucio, titular de la Guardia Nacional; Alejandra Frausto, secretaria de Cultura; Tatiana Clouthier, secretaria de Economía; Ricardo Mejía Berdeja, subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana; Armando Guadiana, senador de la República.
Cuitláhuac García Jiménez, gobernador de Veracruz; Alfonso Durazo Montaño, gobernador de Sonora, y Mario Delgado, presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena.
En otro caso, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la resolución del INE que sostiene que el presidente Andrés Manuel López Obrador y la jefa de gobierno de Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, han incumplido las medidas cautelares ordenadas para que dejen de difundir la consulta de revocación de mandato y cesen la propaganda gubernamental en periodo prohibido.
En sesión pública a distancia, los magistrados consideraron válida la advertencia a Sheinbaum, dado que la Ley Federal de Revocación de Mandato prohíbe a los servidores públicos difundir acciones y logros de gobierno durante el período de veda, que va del 4 de febrero hasta el 10 de abril, día de la consulta.
La Sala Superior del TEPJF desestimó las impugnaciones del Ejecutivo federal y de Ciudad de México, que argumentaron que el INE debería apegarse al decreto interpretativo que aprobó el Congreso de la Unión y que permitía a los funcionarios promover la revocación.
