Fuentes de la Fiscalía General de la República informaron que dos jueces negaron sendos amparos a Rafael Caro Quintero,  contra cualquier orden de captura o reaprehensión relacionada con la causa penal 82/1985, sobre el asesinato y secuestro de Enrique “Kiki” Camarena, agente de la DEA, y el piloto Alfredo Zavala Avelar.

La Silla Rota difundió que Caro Quintero solicitó la protección de la justicia para no ser detenido por las investigaciones que realizó la entonces Procuraduría General de la República (PGR), hoy FGR. Cabe mencionar que en 1989 “el Príncipe” fue sentenciado a 40  años de prisión por dichos crímenes.

“De una lectura integral de la demanda, se advierte que la quejosa reclama las órdenes de aprehensión, reaprehensión, búsqueda, localización, presentación y detención, emitidas en contra del quejoso, así como su ejecución”, comentaron las fuentes consultadas.

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La notificación fue hecha ayer a Rafael Caro Quintero a través de la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

“Este órgano jurisdiccional estima que en el presente asunto se actualiza la causa de improcedencia prevista en la fracción XXIII, del artículo 61, de la Ley de Amparo, en relación con el diverso numeral 6 del mismo ordenamiento legal, que establecen: “Artículo 61. El juicio de amparo es improcedente”.

Este es el primer revés de Caro Quintero desde que fue detenido el pasado 15 de julio en Sinaloa por personal de la Secretaría de la Marina. Hasta el momento jueces en Jalisco y Estado de México le han aceptado a estudio dos amparos.

Caro Quintero, amparado contra su extradición

La demanda de amparo que interpuso “el narco de narcos” contra su extradición a Estados Unidos fue turnada a un juez del Estado de México, que la admitió a trámite.

El Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el estado de Jalisco, con residencia en Puente Grande, que le otorgó al Narco de Narcos una suspensión de plano que impide al gobierno de México deportarlo o expulsarlo del país para ser entregado al vecino país del norte, remitió el juicio de amparo a dicho juez.

“Ahora bien, toda vez que mediante auto de 16 de los actuales, la autoridad oficiante decretó la suspensión de plano, con fundamento en el artículo 126 de la ley de amparo, se convalida la medida cautelar decretada por el declinante, a fin de que se dé cumplimiento”.

El juez del Estado de México programó para las 10 horas del 26 de agosto de 2022 para que tenga verificativo la audiencia constitucional en la que determinará sobre el juicio de amparo de Rafael Caro Quintero.

Por el momento Caro Quintero, después de ser recapturado, permanece en el penal del Altiplano, Estado de México.