Aquí te explicamos qué son y cómo funcionan los Comités de Evaluación para la elección de jueces, magistrados y ministros
Aquí te explicamos qué son y cómo funcionan los Comités de Evaluación para la elección de jueces, magistrados y ministros

CIUDAD DE MÉXICO.- La reforma al Poder Judicial sigue avanzando, ahora con la próxima instalación de los Comités de Evaluación que definirán a los aspirantes a cargos de jueces, magistrados y ministros en las elecciones de 2025.

Cada uno de los tres Poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) propondrá a cinco integrantes para dichos comités.

De acuerdo con lo estipulado en la reforma judicial, los comités deben estar integrados el 31 de octubre.

Comités de Evaluación, ¿cómo se conforman?

Los Comités de Evaluación tendrán cinco integrantes, elegidos con paridad de género, que tengan, al menos, cinco años de labor jurídica, indica el artículo 500 de la iniciativa de Ley General de Procedimientos e Instituciones Electorales.

Los requisitos que deben cumplir los integrantes del Comité son: tener nacionalidad mexicana, título de licenciatura con mínimo cinco años de haber sido emitido y no haber sido condenado por algún delito.

Como limitante se estableció que no deben desempeñar o haber fungido algún cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los tres años anteriores a la designación.

No se detalló sobre militar o simpatizar con un partido político.

¿Qué harán los Comités de Evaluación?

15 días naturales después de la integración de los Comités de Evaluación, estos lanzaran las convocatorias para participar en el proceso para la elección del Poder Judicial.

Los Comités evaluaran a los perfiles de los aspirantes y harán la selección de postulaciones.

Dichas convocatorias deben incluir las etapas, fechas y plazos aplicables al proceso de inscripción, evaluación y selección de postulaciones por el Comité.

Asimismo, definirán los mecanismos, formatos y otros medios para inscribirse. Cada comité debe contar con una metodología de evaluación de idoneidad de los aspirantes.

“Las candidaturas que hayan sido rechazadas podrán impugnar esa decisión ante el Tribunal Electoral o ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, establece la Ley General de Procedimientos e Instituciones Electorales.

Sin embargo, no se estableció un plazo para que las impugnaciones sean resueltas de manera que las y los aspirantes puedan participar en la evaluación de idoneidad, a más tardar el 31 de enero de 2025.

Fechas del proceso para elección del Poder Judicial

El plazo para inscribirse en la convocatoria para la elección de juzgadores será del 5 de noviembre al 24 de noviembre de 2024.

Los Comités de Evaluación integrarán y publicarán, con fecha límite del 14 de diciembre de 2024, la lista de las personas aspirantes inscritos y que cumplen con los requisitos para ser elegibles.

 Según se informó, los Comités realizaran entrevistas públicas a los aspirantes que consideren más idóneos para evaluar sus conocimientos técnicos para el desempeño del cargo y su competencia.

Posteriormente, los Comités seleccionarán los 10 perfiles mejor evaluados para cada cargo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial.

También elegirán a seis personas para cada cargo de magistrados de los Tribunales Colegiados de Circuito y Tribunales Colegiados de Apelación, así como las personas juezas integrantes de los Juzgados de Distrito.

Estas listas serán remitidas a cada Poder para para manifestar su conformidad total o parcial con las candidaturas finalistas, esto antes de una insaculación o sorteo.

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