Reforma electoral 2026
Integralia Consultores presentó un reporte especial sobre la propuesta de reforma electoral 2026 Credit: Agencia EL UNIVERSAL/Archivo/EMG

CIUDAD DE MÉXICO.— La empresa Integralia Consultores, especializada en consultoría de asuntos públicos, riesgo político y análisis estratégico, presentó el viernes pasado su reporte especial sobre la reforma electoral que promueve la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo.

El documento considera cuatro aspectos:

1.- Breve historia de las reformas electorales en México

2.- Numeralia de propuestas de reformas electorales

3.- Análisis de la iniciativa presidencial

4.- Comparativo de propuestas (AMLO Vs. CSP)

En su resumen ejecutivo, el reporte destaca los siguientes temas:

  • Vacíos hasta conocer reformas legales

Señala que, “La iniciativa aborda de manera muy general varios de los cambios que propone”. También considera que, “Sin tener las reformas secundarias, no es
posible estimar todas las implicaciones de las modificaciones”.

  • Reforma diluida, pero regresiva

Integralia señala que, “Frente a las propuestas de López Obrador (planes “A” y “B” en 2022) y a otras sugerencias planteadas en los últimos meses, como la reducción de diputaciones plurinominales, la iniciativa es de menor alcance. Sin embargo, el conjunto de cambios propuestos generan un riesgo alto, pues propician inequidad al favorecer a Morena”.

  • Tiempos legislativos mu acotados

En este aspecto, el reporte considera que, “De acuerdo con la iniciativa, el Congreso de la Unión y las
legislaturas locales deberán modificar las leyes secundarias a más tardar el 15 de mayo de 2026; plazo que sugiere que la aprobación de la reforma constitucional y de las leyes secundarias tendría que ser en fast track sin espacio para la
negociación parlamentaria con todas las fuerzas políticas”. También considera que, existe el riesgo de que la reforma deje vacíos que el INE tenga que resolver mediante lineamientos.

  • Omisiones relevantes

“La propuesta no atiende temas clave que sí debieran regularse (pero que afectarían al partido gobernante), tales como mecanismos para enfrentar la intromisión del crimen organizado en los procesos electorales; los límites de sobrerrepresentación en el Congreso de la Unión; y el transfuguismo parlamentario”, plantea el resumen del reporte, que en este aspecto, también subraya que, “la fecha de la elección judicial se mantiene concurrente con la elección de los otros Poderes, lo cual representa un gran riesgo operativo para el INE y una sobreexposición de información
para los votantes”.


Texto íntegro del documento de Integralia Consultores


Historia de las reformas electorales en México

Sobre las reformas electorales en México, el reporte de Integralia destaca que:

1977.- Voz a las minorías

En aquel año, se introdujo la representación proporcional (RP) para abrir la Cámara a la oposición, sumando 100 escaños a los 300 de mayoría relativa (MR).

A los partidos se les dio el estatus constitucional de “entidades de interés público”, y se les garantizó el acceso a medios y financiamiento.

Entre los años de 1986 – 1987

Las plurinominales aumentaron a 200.

Para evitar que un solo partido controlara la mayoría calificada (dos tercios) de forma automática, se estableció un tope de 350 diputaciones.

Se creó un mecanismo para asegurar la mayoría absoluta (50%+1) al partido con mayor votación, incluso si no la obtenía directamente en las urnas.

En 1990 se creó el Instituto Federal Electoral (IFE), tras la cuestionada elección de 1988,para profesionalizar las elecciones. El instituto era presidido por el secretario de Gobernación.

El Tribunal Federal Electoral (TRIFE) surgió como órgano jurisdiccional para
resolver controversias.

En 1993 se establecieron aspectos de apertura y control, es decir, las cámaras del Congreso dejaron de ser las “jueces” de sus propias elecciones.

Los senadores aumentaron a 96 y se incluyó la primera minoría.

También se eliminó la asignación automática de mayoría absoluta.

En 1994 se ciudadanizó el IFE

se sustituyó la figura de los “consejeros magistrados” por ciudadanos sin militancia partidista, elegidos por dos terceras partes de la Cámara de Diputados.

Los representantes de los partidos políticos mantuvieron su voz en el Consejo General del IFE, pero perdieron el derecho a voto en las decisiones.

De 1996 destacan los siguientes aspectos:

Ciudadanización plena
Voto en el Consejo
Financiamiento público
Medios de impugnación
Transformación a TEPJF
Composición del Senado
Tope de sobrerrepresentación

En 2005 destaca el voto en el extranjero

Entre 2007 y 2008 los aspectos que destacada Integralia son:

Recuento de votos
Prohibición de compra de espacios
Propaganda calumniosa
Propaganda gubernamental
Reducción de campañas
Fortalecimiento de la fiscalización
Requisitos de registro

De lo federal a lo nacional

Entre 2013 y 2014, el reporte de Integralia menciona:

La transformación al INE: el IFE evolucionó a Instituto Nacional Electoral (INE) para estandarizar las elecciones locales y federales. El Consejo General pasó de 9 a 11 consejerías.

Nacimiento de los OPLE: se crearon los Organismos Públicos Locales Electorales para trabajar coordinados con el INE.

Umbral de votación: el requisito para que un partido mantenga su registro
aumentó del 2% al 3% de la votación válida.

En su reporte, Integralia presenta una serie de gráficas que ilustran el número de iniciativas electorales que se presentaron entre 2018 y 2026.

En la Legislatura LXIV (2018-2021) fueron 166 constitucionales y 276 secundarias.

En la Legislatura LXV (2021-2024) fueron 123 constitucionales y 288 secundarias.

Mientras que en la legislatura LXVI (2024-2027) han sido 45 constitucionales y 94 segundarias.

Integralia también menciona que, “El 21 de enero se presentó una iniciativa ciudadana de reforma constitucional en materia política-electoral. La propuesta es de autoría del colectivo “Salvemos la Democracia” o “Salvemos México”. Se mantiene pendiente en comisiones”.

Análisis de la propuesta presidencial

Integración del Congreso

Actualmente, la Cámara de diputados se compone por 500 diputados, 300 de mayoría relativa y 200 de representación proporcional por circunscripción.

La propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum deja 500 diputados en la Cámara pero cambia la distribución, seguirán siendo 300 de mayoría relativa y 200 de representación proporcional pero con la siguiente modificación:

100 mejores perdedores (según el porcentaje de votación alcanzado)
y 100 por votación directa en cinco circunscripciones (incluidos diputados migrantes).

En el caso del Senado

Actualmente cuenta con 128 integrantes, de los cuales 64 son por mayoría relativa, 32 de primera minoría y 32 de representación proporcional que, en la propuesta de Claudia Sheinbaum, estos últimos desaparecería.

A manera de ejemplo, Integralia toma los resultados de la elección de 2024 y presenta la distribución de los partido políticos y sus coaliciones en el Senado.

Con la ley actual, Morena, PT y PVEM alcanzaron 83 senadurías de 128, es decir, el64.8%,mientras que el PAN-PRI-PRD-MC, obtuvieron 45 de 128 asientos, es decir, el 35.2%; de esta manera, Morena y sus aliados lograron la mayoría absoluta del 50% +1 pero no la mayoría calificada de dos terceras partes del total.

Con la reforma propuesta por Claudia Sheinbaum, al reducirse a 96 el número de senadores, Morena-PT-PVEM lograrían el 66.7% del Senado con 64 de los 96 asientos, y el PAN-PRI-PRD-MC solo alcanzaría 32 de los 96 lugares, es decir, el 33.3%, de esta manera, Morena-PT-PVEM lograrían la mayoría absoluta y también la calificada.

Modalidad de elección de los plurinominales en la Cámara de Diputados

El reporte de Integralia destaca las diferencias en la forma de elegir a los diputados, en la actualidad y con la propuesta de reforma.

¿Qué se requiere hoy para votar?

Actualmente, se elige a un candidato(a) entre cuatro o cinco de mayoría relativa. Al votar por éste, y su partido, votas
por la representación proporcional.

¿Qué se requeriría con la reforma para votar?

Con la reforma será necesarias dos boletas para diputados federales (una para mayoría y otra para representación proporcional)

Modalidad de elección de diputados

Para la elección de diputados por mayoría relativa los candidatos compiten en una determinada unidad geográfica, es decir, su distrito electoral, que en promedio tiene unos 337 mil electores. En este caso, existen 300 distritos electorales con un tope de gastos de campaña de 2.2 mdp en 2024.

Para la elección de diputados de representación proporcional, los candidatos competirán por la circunscripción, compuesta en promedio de unos 60 distritos electorales, que a su vez tiene en promedio tiene unos 20 millones de electores, y en este caso el tope de campaña podría alcanzar los 132 millones de pesos (de acuerdo con la estimación de 2.2 mdp por 60 distritos).

El reporte de Integralia señala que, con la propuesta de reforma electoral, el financiamiento público a los partidos políticos para actividades ordinaria en 2026 disminuiría, de7,368 mdp a 5,729 mdp.

Sobre el tiempo en radio y Tv para partidos, INE y OPLES, con la reforma propuesta por Claudia Sheinbaum, disminuiría unos 13 minutos, pasaría de 48 minutos a 35 minutos.

Integralia también señala que, “El tiempo oficial no será modificado (es decir, no se regresará a los concesionarios), por lo que el gobierno podrá hacer uso de este”.

Además, “Se incorpora en la Constitución la regulación de contenidos digitales y se extienden reglas a plataformas tecnológicas”.

Cómputos distritales

Sobre este aspecto, el reporte de Integralia señala que en el marco vigente, Los consejos distritales deben iniciar la sesión de cómputo a las 8:00 horas del miércoles siguiente al día de la jornada electoral (art. 310 de la LGIPE).

La propuesta de reforma propone que, “Los cómputos distritales de las elecciones locales y federales iniciarán a partir de la recepción del primer paquete electoral en cada uno de los Consejos Distritales”.

Sobre la propaganda política

El marco vigente señala que, “Están prohibidas (para personas candidatas y partidos políticos) las expresiones que denigren* a las instituciones y a los partidos políticos o que calumnien a las personas”.

Mientras que la propuesta considera, “Todo contenido electoral modificado con IA o tecnologías similares debe ser identificado explícitamente por el emisor.

Concesionarias (Radio/TV) y plataformas digitales están obligadas a detectar, frenar la difusión y advertir sobre contenidos no etiquetados.

La legislación secundaria definirá las reglas técnicas, responsabilidades y sanciones correspondientes.

Sobre la propaganda gubernamental

En este caso, el marco vigente establece, “Se prohíbe toda propaganda gubernamental (federal, estatal y municipal) desde el inicio de las campañas hasta el día de la jornada electoral.

Solo se permite la difusión sobre:
Servicios de salud y educación
Protección civil en emergencias
Información de autoridades electorales

El contenido debe ser estrictamente institucional, informativo o educativo.
No se permite el uso de nombres, imágenes, voces o símbolos que promuevan a cualquier servidor público.

La propuesta considera que, “Se adiciona el supuesto de la propaganda durante los ejercicios de consulta popular y revocación de mandato.

Los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno podrán promover la participación ciudadana en los mecanismos de democracia directa bajo los principios de imparcialidad y neutralidad, y siempre que no influyan en sus resultados.

Sobre la fiscalización

La reforma introduce un esquema que involucra directamente al sistema financiero y a los reguladores bancarios en el monitoreo de recursos electorales.

Se reafirma la prohibición de aportaciones en efectivo para reducir riesgos de financiamiento ilícito.

Propone mayor coordinación con autoridades de seguridad e inteligencia financiera donde la fiscalización se vincula con la prevención del crimen organizado, lavado de dinero y financiamiento ilícito de campañas.

Voto electrónico

En las consultas populares se podrá votar a través de medios electrónicos.

Acciones afirmativas

Se eleva a rango constitucional el deber de los partidos políticos y autoridades electorales de implementar acciones afirmativas (en la postulación y selección de candidaturas) a favor de personas indígenas y afromexicanas y de otros grupos vulnerables históricamente subrepresentados.

Mecanismos de democracia directa

En el apartado que regula a los Ayuntamientos de municipios, se reconoce el derecho a participar en consultas populares, referéndums, plebiscitos y otros mecanismos de democracia directa.

Los congresos estatales fijarán el porcentaje de ciudadanos que puede solicitar mecanismos de democracia directa en los municipios, el cual no podrá ser mayor al 2% de la lista nominal de electores.

Los resultados serán vinculantes cuando exista al menos 45% de participación ciudadana inscrita en la lista nominal.

Los OPLES serán responsables de la organización, cómputo y declaración de resultados.

Financiamiento privado

Los partidos políticos y las personas precandidatas o candidatas tienen prohibido recibir o ejercer para sus actividades o campañas electorales, gastos, aportaciones, donaciones o cualquier otro recurso en dinero o especie que provenga de algún gobierno, fondo de inversión u organismo extranjero, persona física o moral extranjera, o de personas que residan fuera del territorio nacional.

(Se eleva a rango constitucional y se detalla la prohibición que hoy está en la LGIPE).

Régimen transitorio

Al día siguiente de su publicación la reforma entrará en vigor.

A más tardar el 15 de mayo de 2026 se establecerá:

La homologación legislativa (general y local).
La expedición de acuerdos, lineamientos y otros instrumentos normativos necesarios por parte del INE.
El padrón y la lista nominal de residentes en el extranjero deberán tener carácter permanente.
Expedición de acuerdos, lineamientos y demás instrumentos normativos necesarios por parte del INE.

A más tardar el 1 de agosto de 2026:

Se realizará la adecuación de las reglas y disposiciones de carácter general de actividades vulnerables por la SHCP.

A partir del 1 de septiembre de 2026:

El envío cotidiano de reportes o avisos de operaciones de actividades vulnerables al INE.
Y las remuneraciones de los integrantes del INE, OPLEs y tribunales electorales deberán ser menores a las de la presidenta.

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