matrimonio en México

Ya no implica la procreación y está prohibido a niños

A 160 años de que en México se instauró el matrimonio civil, se mantiene la hegemonía de los enlaces de un varón y una mujer, en segundo lugar figura la unión de una mujer y una mujer y, en tercer sitio, el contrato conyugal entre dos varones; además, desde este 2019 están prohibidos los enlaces de niños y adolescentes.

El matrimonio civil nació en México el sábado 23 de julio de 1859, tras varios siglos en que la Iglesia Católica fue la única que desde la Época Colonial (a partir de 1521) tuvo la potestad de celebrar los enlaces y registrarlos en archivos.

Además de las Leyes de Reforma, que separaron a la Iglesia y el Estado y suprimieron derechos y funciones del clero, Benito Juárez García, entonces presidente interino del país, promulgó desde Veracruz la Ley del Matrimonio Civil que decretó lo siguiente:

“Que por la independencia declarada de los negocios civiles del Estado respecto de los eclesiásticos, ha cesado la delegación que el (Estado) soberano había hecho al clero para que con su sola intervención en el matrimonio, este contrato surtiera todos sus efectos civiles”.

Vigente hasta la muerte

Esa legislación estableció por ejemplo que “el matrimonio civil es indisoluble… sólo la muerte de alguno de los cónyuges es el medio natural de disolverlo”, “el divorcio es temporal y en ningún caso deja hábiles a las personas para contraer nuevo matrimonio mientras viva alguno de los divorciados”, “ni el hombre antes de 14 años, ni la mujer antes de los 12 pueden contraer matrimonio. En casos muy graves y cuando el desarrollo de la naturaleza se anticipe a esta edad, podrán los gobernadores de los estados y el del Distrito en su caso, permitir el matrimonio entre estas personas” y “se necesita la licencia de los padres, tutores o curadores, siempre que el hombre sea menor de 21 años, y la mujer de 20”.

Hace 160 años la primera descripción y definición legal de matrimonio en México fue la siguiente: “El día designado para celebrar el matrimonio ocurrirán los interesados al encargado del registro civil, y éste, asociado del alcalde del lugar y dos testigos más por parte de los contrayentes, preguntará a cada uno de ellos, expresándolo por su nombre, si es su voluntad unirse en matrimonio con el otro, …les manifestará: que éste es el único medio moral de fundar la familia, de conservar la especie y de suplir las imperfecciones del individuo, que no puede bastarse a sí mismo para llegar a la perfección del género humano. Que este (sic) no existe en la persona sola sino en la dualidad conyugal”.

Roles en el contrato conyugal de  1859

Igual describe cuál era la percepción dominante sobre los roles del varón y la mujer en el matrimonio en el México de 1859: “Que el hombre, cuyas dotes sexuales son principalmente el valor y la fuerza, debe dar y dará a la mujer protección, alimento y dirección, tratándola siempre como a la parte más delicada, sensible y fina de sí mismo, y con la magnanimidad y benevolencia generosa, que el fuerte debe al débil, esencialmente cuando este débil se entrega a él y cuando por la sociedad se le ha confiado.

“Que la mujer, cuyas principales dotes sexuales son la abnegación, la belleza, la compasión, la perspicacia y la ternura, debe dar y dará al marido, obediencia, agrado, asistencia, consuelo y consejo, tratándolo siempre con la veneración que se debe a la persona que nos apoya y defiende, y con la delicadeza de quien no quiere exasperar la parte brusca, irritable y dura de sí mismo”.

Tales descripciones serían inadmisibles para muchas personas en este siglo XXI.

La histórica ley también ordenó “Que los casados deben ser y serán sagrados el uno para el otro, aun más de lo que es cada uno para sí” y que “ambos procurarán que lo que el uno se esperaba del otro al unirse con él, no vaya a desmentirse con la unión. Que ambos deben prudenciar y atenuar sus faltas. Que nunca se dirán injurias, porque las injurias entre los casados deshonran al que las vierte y prueban su falta de tino o de cordura en la elección: ni mucho menos se maltratarán de obra, porque es villano y cobarde abusar de la fuerza. Que ambos deben prepararse con el estudio y con la amistosa y mutua corrección de sus defectos, a la suprema magistratura de padres de familia, para que cuando lleguen a serlo, sus hijos encuentren en ellos buen ejemplo y una conducta digna de servirles de modelo”.

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Hoy día, el Código Civil Federal es la ley que regula el matrimonio en México. A diferencia de la legislación de 1859, no incluye una definición como tal.

Enlaces prohibidos

Desde el 4 de junio de este año, establece que “la edad mínima de los contrayentes es de 18 años sin excepciones ni dispensas legales”, a fin de eliminar las bodas de niños y adolescentes y de conformidad con la Convención sobre los Derechos de los Niños.

Hasta el 3 de junio, la edad mínima fue de 16 años para el varón y 14 para la mujer, y se necesitaba del consentimiento de los padres si no tenían 18 años cumplidos.

El matrimonio igualitario

Adicionalmente, el matrimonio civil en México ya no es exclusivamente entre una mujer y un varón, pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en jurisprudencias de 2010 y 2015, reconoció el matrimonio igualitario y declaró que “la ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquél es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional”.

De 2010 a la fecha, solo en 19 entidades del país ya reconocieron el matrimonio igualitario: El primero fue Ciudad de México; los demás son Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo y San Luis Potosí.

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En los restantes 12 estados, incluyendo a Yucatán, se necesita un juicio de amparo para que un juez federal ordene al Registro Civil celebrar la boda.

De hecho, en lo que va de este año el Congreso de Yucatán ya rechazó dos veces —el 12 de abril y el 15 de julio— reformar la Constitución estatal para legalizar el matrimonio igualitario.

Cada año aumentan

A pesar de ello, en Yucatán ya se celebraron al menos 92 bodas igualitarias de 2013 a 2019, ese tipo de enlace va en aumento y la parejas de varones son las que más se casan, según cifras del Registro Civil: 11 en 2014 (siete de hombres y cuatro de mujeres), 13 (siete y seis, respectivamente) en 2015, 18 (nueve y nueve) en 2016, 20 (nueve de hombres y 11 de mujeres) en 2017; 24 (10 y 14) en 2018 y seis (tres de hombres y tres de mujeres) en lo que va de este año.

 

La primera pareja que celebró un matrimonio igualitario en Yucatán fue la formada por Javier Alberto Carrillo Esquivel y Ricardo Arturo Góngora, en febrero de 2013 en Mérida tras obtener un amparo. También fue la primera en pedir el divorcio, cuatro años después.

Otras parejas que se casaron tras ganar un amparo fueron Francisco Cárdenas y Adán Argáez en 2014 también en Mérida, y la progreseña María del Rosario Domínguez Ancona y la hunucmense Natalia Tapia Franco en 2017 en Hunucmá.

Fuera de la estadística

No obstante, en las estadísticas oficiales disponibles en internet no figuran los matrimonios igualitarios realizados en Yucatán.

Por ejemplo, el Registro Civil del Estado informó públicamente en 2017 que ese año se casaron cuatro parejas del mismo sexo: tres de varones y una de mujeres (la progreseña y hunucmense).

Pero el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi) en internet informa que en 2017 en Yucatán se registraron 10,177 matrimonios civiles, todos de parejas formadas por un varón y una mujer.

Ese mismo año, según la estadística más reciente del Inegi, en México se celebraron 528,678 enlaces civiles, de ellos 526,008 (99.4%) fueron una unión de un varón con una mujer, 1,264 (0.23%) de dos hombres y 1,406 (0.26%) de dos mujeres.— Flor Estrella Santana

 

Flor de Lourdes Estrella Santana es Licenciada en Educación por la Uady. Ingresó a Grupo Megamedia en el año 2000. Ha sido reportera, redactora y editora. Escribe contenidos generales, especialmente sobre equidad de género, gobierno, educación y salud.