El Tribunal Electoral del Estado acordó pedir al Instituto Nacional Electoral (INE) enlistar en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por un período de cinco años y seis meses, a Pedro Yah Sabido, alcalde de Tahdziú, por obstaculizar el ejercicio del cargo, así como por segregar y menospreciar a las servidoras públicas.
Las afectadas denunciaron haber sido víctimas de violencia política en razón de género durante las sesiones de cabildo, al enfrentarse a ambientes de hostigamiento, presión y coacción.
El Tribunal consideró fundado su reclamo al acreditarse una estrategia del alcalde en los cargos que se le imputan.
Asimismo, se demostró que las promoventes fueron arbitrariamente limitadas en el ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, al negárseles el acceso a la cuenta pública, impidiendo que desempeñaran sus funciones en condiciones de igualdad.
Además, el órgano jurisdiccional advirtió la existencia de una serie de publicaciones en redes sociales para descalificar la imagen pública de las actoras ante la ciudadanía del municipio, mediante el uso de calificativos despectivos, que coinciden con expresiones vertidas por otros servidores públicos que comparecieron al juicio en calidad de colaboradores.
En consecuencia, el Tribunal declaró existente la violación al derecho político-electoral de ser votadas, en su vertiente de ejercicio del cargo, y también reconoció la existencia de violencia política en razón de género en perjuicio de las actoras.
Se determinó la responsabilidad de Pedro Yah Sabido, presidente municipal de Tahdziú, por haber obstaculizado el ejercicio del cargo de las actoras y por haber incurrido en actos de violencia política de género en su contra.
Esta sentencia representa un precedente relevante en la defensa de los derechos político-electorales de las mujeres en Yucatán y reafirma el compromiso del Tribunal con la erradicación de la violencia política en razón de género en todos los ámbitos del poder público.
Como medida de no repetición, el Tribunal estimó que, al actualizarse la violencia política en razón de género, se ordena al Instituto Nacional Electoral inscribir a Pedro Yah Sabido, Presidente Municipal de Tahdziú, Yucatán, al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por un periodo de cinco años y seis meses.
