Rubén Osorio Paredes (*)

La vida, pasión y muerte de nuestro señor Jesucristo es conocido universalmente por la humanidad y nunca ha dejado de tener actualidad. Cada Semana Santa se celebra en el mundo católico, por lo que en este tema hay abundante literatura.

Estimado lector, en estos días de reflexión y oración le comparto una sencilla y modesta aportación basada en los evangelios, en especial en la obra “El proceso jurídico de Cristo” de Ignacio Burgoa Orihuela, sobre lo que fueron los últimos días del redentor desde la óptica jurídica. Sirva esta descripción para conocer de un modo ágil y sencillo cuál fue el juicio por el cual condenaron a Jesús a la crucifixión.

Contexto

Jesús vivió en Nazaret de Galilea, provincia que estaba bajo la dominación romana. Por eso, en sus últimos días se llevan a cabo dos juicios contra él: uno ante el Sanedrín regido por la ley del pueblo judío, denominado el juicio religioso, y otro ante el emperador Poncio Pilatos, gobernador de Judea, que es el juicio político regido por la ley romana. Antes de este proceso Jesús fue detenido y llevado a la fuerza a casa de Anás, suegro de Caifás, prominente personaje del “tribunal de Yahvé”, en el cual, según los evangelios, se le interrogó de la siguiente manera:

¿Quién te dio autoridad para hablar en nombre de Dios y contra la ley de los profetas? Jesús contestó que “para enseñar y predicar la ley de Dios no se necesita ningún título ni autorización académica”. De ahí parte la acusación que le hicieron con posterioridad.

El juicio religioso

Después del interrogatorio en casa de Anás, Jesús fue llevado a casa de Caifás donde se encontraba reunido el Sanedrín para el juicio religioso. Para que éste se llevara al cabo, en el propio Sanedrín fue nombrado Nicodemo como defensor de Jesús; pudo haber dicho que el proceso que se le llevaba era ilegal ya que, atendiendo a los principios que se tenían acostumbrados en ese tiempo, se hizo en la noche, sin público y fuera del recinto oficial donde tenía que haberse hecho. Aún así, los fariseos y levitas insistieron en que el juicio se llevara al cabo.

Jesús fue acusado de blasfemia por hacerse llamar “Hijo de Dios” y condenado a muerte en el juicio religioso. En el Derecho Penal Hebreo no se contemplaba la crucifixión como pena de muerte para los que cometían el delito de blasfemia, sino la lapidación. La crucifixión era para delitos más graves, como la sedición y la rebelión. No tenían la competencia para mandarlo a la cruz por acusarlo de blasfemia, ya que este no se contemplaba en el Derecho Romano; además de haber sido condenado a muerte por un delito que no ameritaba tal pena, también se cometieron diversas violaciones al proceso jurídico que son las siguientes:

—El proceso fue en la casa de Caifás y no en el recinto oficial para llevar a cabo los juicios religiosos, llamado “Gazith” (templo).

—A Jesús no se le dio la oportunidad de presentar testigos para su defensa.

—No se hizo un análisis riguroso de las declaraciones de los testigos, pues la acusación se fundó en testimonios falsos.

El juicio político ante Poncio Pilatos

Por ley, toda sentencia que impusiese la pena de muerte, pronunciada por los tribunales de las provincias romanas, debía ser confirmada por el gobernador, en este caso Poncio Pilatos, quien después de analizar el caso podía o no ordenar su ejecución. (Continuará).— Mérida, Yucatán.

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Ruben Osorio

Abogado. Catedrático de la Universidad Anáhuac Mayab

 

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