Cuando Carlos recibió la noticia de que la custodia de sus hijos quedaría a cargo de su exesposa, sintió que estaba a punto de perderlos para siempre. Pensó que ya no podría opinar sobre su educación, decidir sobre temas importantes de su vida o incluso convivir con ellos con regularidad.

Como él, muchas personas enfrentan una separación o divorcio creyendo que si el otro progenitor obtiene la custodia, automáticamente pierden todos sus derechos sobre sus hijos. Sin embargo, la realidad jurídica es muy diferente.

Uno de los errores más comunes consiste en confundir la custodia con la patria potestad. Aunque ambos conceptos están relacionados, no significan lo mismo.

La custodia se refiere a la guarda y cuidado cotidiano de los hijos. En otras palabras, determina con cuál de los progenitores vivirán habitualmente los menores y quién se encargará de atenderlos de manera directa en las actividades de todos los días.

La patria potestad, en cambio, comprende el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres respecto de sus hijos menores de edad. Incluye participar en decisiones importantes relacionadas con su educación, salud, desarrollo, formación y protección.

Por ello, en la mayoría de los casos de separación o divorcio, aunque la custodia sea otorgada a uno de los progenitores, ambos continúan conservando la patria potestad.

Lo que muchas personas desconocen es que perder la custodia no significa perder la condición de padre o madre ante la ley.

Salvo situaciones excepcionales determinadas por una autoridad judicial, el progenitor que no tiene la custodia conserva el derecho de participar en las decisiones importantes de la vida de sus hijos. Aspectos como la elección de escuela, tratamientos médicos relevantes, cambios importantes de residencia o cuestiones relacionadas con su formación continúan siendo asuntos en los que ambos padres deben involucrarse.

Pero además existe otro derecho fundamental que suele generar dudas: el derecho de convivencia.

Cuando los hijos viven habitualmente con uno de los progenitores, el otro tiene derecho a mantener una relación constante y significativa con ellos mediante un régimen de convivencia.

Estas convivencias pueden establecerse por acuerdo entre los padres o mediante resolución judicial y tienen como finalidad preservar el vínculo afectivo entre los hijos y ambos progenitores.

La ley reconoce que, en condiciones normales, las niñas, niños y adolescentes se benefician de mantener una relación cercana con su padre y con su madre, aun cuando éstos ya no vivan juntos.

Por ello, el progenitor que tiene la custodia no puede impedir unilateralmente las convivencias simplemente porque exista un conflicto personal con su expareja. Del mismo modo, el progenitor que no tiene la custodia debe ejercer sus convivencias de manera responsable, respetando horarios, obligaciones escolares y, sobre todo, procurando siempre el bienestar de sus hijos.

Imagine el caso de un padre que ya no vive con sus hijos porque éstos residen con su madre. Aunque no tenga la custodia, puede seguir participando en decisiones importantes de su educación, asistir a eventos escolares, interesarse por su desarrollo, proporcionar alimentos y convivir con ellos de manera periódica conforme al régimen establecido.

La custodia, por tanto, no determina quién ama más a un hijo ni quién tiene todos los derechos sobre él. Su función principal es organizar la vida cotidiana de los menores después de una separación.

Al final, los tribunales familiares buscan cada vez más que los hijos no se conviertan en víctimas de los conflictos entre los adultos. La ley entiende que una pareja puede separarse, pero la responsabilidad de ser padre o madre permanece.

Por eso, cuando una resolución judicial otorga la custodia a uno de los progenitores, la pregunta no debería ser quién ganó o quién perdió. La verdadera pregunta es cómo lograr que los hijos sigan contando con la presencia, el cuidado y el compromiso de ambos padres en su vida.

Porque un matrimonio puede terminar. La paternidad y la maternidad, no.— Mérida, Yucatán

Doctor en Derecho y especialista en Derecho Familiar

Noticias de Mérida, Yucatán, México y el Mundo, además de análisis y artículos editoriales, publicados en la edición impresa de Diario de Yucatán