La Fiscalía tendrá que subsanar el proceso judicial

Al revisar el amparo que le fue negado a Martín Alberto Medina Sonda, un tribunal colegiado revocó esa decisión y concedió la protección de la Justicia Federal “para efectos” de que se reponga el procedimiento por supuestas violaciones a los derechos del exesposo de la ultimada Emma Molina Canto. Por lo tanto, seguirá en suspenso el juicio oral contra el acusado de planear y pagar por la muerte de su exesposa.

Con base en ese amparo concedido de manera parcial, las autoridades locales tendrán que modificar sus investigaciones, a fin de subsanar los puntos que ese tribunal colegiado considera fueron violatorios de los derechos del inculpado.

El amparo concedido no libera de los cargos a Medina Sonda, según los datos obtenidos, sino que será para que se rectifique parte del procedimiento que se siguió desde la investigación hasta la vincu-lación que tuvo a su cargo el Juzgado 2o. de Control.

En diciembre, como informamos, el amparo que solicitó Medina Sonda contra su vinculación a proceso penal se le negó, pero el acusado y su defensa consideraron que no se tomaron en cuenta todos los argumentos que asentaron en su solicitud de juicio de garantías.

Por lo tanto, pidieron que esa negativa sea revisada. Esa inconformidad hizo que el juicio oral contra el exesposo de Emma Gabriela se suspendiera, en tanto la autoridad federal determinaba si concede o no el amparo.

En un tiempo considerado “breve” se resolvió la revisión, por lo que tres magistrados federales determinaron que procede el amparo “para efectos” de que se anulen determinados pasos de la investigación y se rehagan de acuerdo con los puntos que en su sentencia precisaron.

Lo más probable es que se reinicie la vinculación o imputación y queden a salvo los derechos del detenido que ese tribunal federal considera fueron violados.

La revisión se promovió en esta ciudad, pero por cuestiones de carga laboral el caso fue turnado al Tribunal Colegiado Auxiliar con sede en Cholula, Puebla. Otro tribunal de esa naturaleza radica en Coatzacoalcos.

Al resolver la revisión los tres magistrados que integran el Tribunal Colegiado determinaron que “se debe conceder” y por “por tanto se concede” el “amparo para efectos” de que se tomen en cuenta los puntos que consideran los funcionarios federales van contra la ley.

En horas de la mañana circularon versiones del “amparo concedido” a Medina Sonda sin que se expliquen sus alcances legales. El asesor de la señora Ligia Canto Lugo, abogado Efraín Encalada Burgos, indicó que desconoce el sentido de la resolución, pero recordó que el caso fue turnado a Puebla para su revisión. Ofreció confirmar la información más adelante, incluyendo detalles y sus alcances.

Una parte de la defensa fue consultada sobre el caso y, aunque su opinión fue parca, confirmó el “amparo para efectos” que no tiene mayores consecuencias, excepto que las autoridades den un giro a sus averiguaciones.

Se espera que con base en este amparo concedido de manera parcial las autoridades tomen nuevas decisiones que pueden ser en el mismo sentido: vincularlo a juicio penal como autor intelectual del homicidio de la señora Molina Canto. A partir de esta nueva resolución, que se espera sea en el mismo sentido que la anterior, el acusado y su defensa pedirían nuevo amparo y si no les favorece podrán pedir su revisión. Todo el proceso puede darse en cerca de un año, lo que haría que el juicio oral contra Medina Sonda quede en suspenso.— Megamedia

 

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