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Peculiar código ciudadano se editó en 1980

En un estado de derecho los ciudadanos deben conducirse con apego a normas de convivencias sustentadas en los deberes y derechos establecidos por las leyes. Que la ciudadanía esté consciente de estos deberes y derechos, los hagan valer e incluso los exijan es fundamental para un sano desarrollo como sociedad. ¿Cómo entonces hacer que los ciudadanos conozcan sus derechos y obligaciones?

En 1980, durante la administración del doctor Francisco Luna Kan como gobernador y siendo el licenciado Jorge H. Martínez Escalante procurador general de justicia en la entidad, esa dependencia lanzó un sencillo aunque útil e innovador Código del Ciudadano en Yucatán.

Era una publicación tamaño bolsillo de apenas 100 páginas, en la cual mediante ilustraciones se señala cuáles son los derechos y obligaciones que tienen los ciudadanos cuando afrontan alguna situación ante las autoridades judiciales, ya sea en su calidad de víctima o presunto responsable.

Precio

Con un precio de $10 por ejemplar, y pudiéndose adquirir prácticamente en cualquier kiosco o puesto de periódicos y revistas, el Código del Ciudadano en Yucatán era una suerte de Código de Hamurabi (Las leyes a la vista del pueblo) que contenía cuatro capítulos: “Derechos para el ciudadano involucrado en hechos imprudenciales e intencionales que constituyan un delito”, “Derechos de los ciudadanos que resulten afectados por un delito”, “Derechos que tiene el detenido ante los jueces penales” y “Garantías que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Por medio de sencillas ilustraciones y breves párrafos con información sobre cada uno de los aspectos que comprendían estos cuatro capítulos, el lector adquiría los conocimientos elementales para proteger sus derechos y garantías.

Por ejemplo, cómo interponer una denuncia, cómo cancelar antecedentes penales, qué delitos se persiguen tras ser denunciados, el trato que merecen los presuntos responsables y las víctimas, qué podían o no podían hacer los agentes policíacos o ministeriales, qué procede cuando hay menores de edad involucrados en delitos, qué documentos amparan la propiedad de un vehículo y qué se requiere para recuperarlo cuando éste fue confiscado por la autoridad, el derecho a traductores cuando las víctimas o presuntos implicados no hablan español, y cómo calcular las multas o sanciones económicas según las posibilidades económicas de cada individuo.

Se tiraron en total 10,000 ejemplares del código. Con las modificaciones a las leyes en los últimos 38 años desde que vio la luz y el surgimiento del nuevo sistema de justicia penal acusatorio, muchos de los artículos y disposiciones contenidos en éste quedaron obsoletos.

Aunque algunos pueden seguir vigentes, como aquellas que se refieren a No malos tratos, No incomunicación, Negarse a declarar o Nombrar defensores.— EMANUEL RINCÓN BECERRA

 

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