Desecha dos quejas el tribunal electoral estatal

El Ayuntamiento de Mérida se encuentra en desacato con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, pues porque le ordenó sancionar al alcalde con licencia y hoy candidato a gobernador Mauricio Vila Dosal, y hasta el momento no cumple con esa disposición.

De acuerdo con el expediente SUP-JRC-13/2018 la resolución emitida el pasado martes, por la Sala Superior del citado tribunal, el Ayuntamiento tiene tres días para cumplir esta orden emitida desde el pasado jueves 22 de marzo, o se le aplicará una sanción que puede ir desde amonestaciones hasta multas al Municipio.

La sentencia contra el panista Vila Dosal obedece a una queja presentada por Francisco Rojas Villavicencio, como representante del PT en Yucatán, quien lo acusó por participar en actos proselitistas cuando era alcalde, antes de pedir licencia para dejar el Municipio.

En el expediente se recuerda que Vila Dosal acudió a un evento de proselitismo con el hoy candidato de su partido a la Presidencia del país, cuando era alcalde, y aunque en el Tribunal Electoral del Estado (TEEY) esta queja fue desechada, el representante del PT llevó el caso a la Sala Superior, donde le dieron la razón y se ordenó al Ayuntamiento sancionar al hoy alcalde con licencia.

En aquel entonces el mismo candidato declaró que siempre ha sido una persona respetuosa de las leyes y acataría lo que disponga el Municipio.

Sin embargo, hasta hoy no se cumple esa sentencia, por eso se le dio un plazo de tres días a partir de que se notifique al Ayuntamiento para cumplir la orden, y que lo notifique al tribunal en 24 horas a más tardar de cuando se ejecute.

Desechan quejas

En otros asuntos de los tribunales, ayer el TEEY desecho dos quejas más, y una de ellas era de nuevo contra Vila Dosal.

Según el comunicado, la queja la interpuso Carlos Pérez Ancona, representante del PVEM, en contra del Ayuntamiento de Mérida, el PAN, Vila Dosal y otros funcionarios municipales, por el uso indebido de espacios destinados al servicio público y la entrega de propaganda electoral en el mismo, concretamente el centro Cultural del Sur.

Los magistrados lo desecharon al declarar inexistente la infracción denunciada porque si bien existe prueba plena de que se difundieron imágenes correspondientes a propaganda proselitista difundida en redes sociales que incluyen menores de edad, lo cierto es que existe el consentimiento de los padres o tutores y los menores estaban informados.— DAVID DOMÍNGUEZ MASSA

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