La muerte de un detenido por el caso Crecicuentas, Miguel Ángel Argáez Ordaz, motivó que se revise el futuro de las denuncias de fraude, ya que los quejosos no podrían cobrarle al fallecido la “reparación del daño” que desde hace tiempo reclaman. La muerte es una causa de extinción de la acción penal contra un acusado.

Ese fallecimiento también dio pie a que se cuestione que las reclamaciones serían contra “las personas morales” y las físicas a fin de que la acción penal no termine y el fin de las demandas, recuperar el dinero invertido, no quede en el aire.

Los involucrados en los fraudes toman el silencio como una postura, ya que declinan declarar sobre los hechos en espera que la parte acusadora compruebe su participación.

Tal parece que la Fiscalía General del Estado ha demostrado la culpabilidad de los involucrados y, por ese motivo, los amparos fueron negados en primera instancia. Falta conocer el veredicto de segunda instancia, ante los magistrados federales.— Megamedia

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