El diputado Felipe Cervera Hernández defiende la ratificación de Cesar Antuña Aguilar

Aseguran no es obligación ratificar a Antuña Aguilar

No necesariamente el Congreso tiene que ratificar como presidente del Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios a Cesar Antuña Aguilar, por la resolución que envía el Tribunal Colegiado, este no fue un fallo “simple y llano”, donde al contrario, le dicen a los diputados que deben valorar para tomar una decisión al respecto, afirmó ayer Lincoln Palma Rodríguez litigante especialista en materia laboral.

Como asesor también de la diputada sin partido Silvia López Escoffié para este caso, el litigante señaló que lo declarado por Felipe Cervera Hernández, diputado del PRI y presidente de la Junta de gobierno del Congreso, al dar a entender que se debe ratificar a Antuña Aguilar, no es lo correcto, es solo una interpretación que el legislador realizó, “quizás porque es su amigo o es parte del grupo del ex gobernador Rolando Zapata Bello y quiere ayudarlo”.

Cervera Hernández indicó el miércoles que llegó ya un aviso de los tribunales federales en el caso del magistrado César Antuña, donde se le ordena al Congreso volver a sesionar, reponer el procedimiento, debido a que se le concedió el amparo de la unión. El diputado indicó que su bancada siempre estuvo a favor de ratificarlo.

Silvia López añadió que lo preocupante en este caso es que les dan a los diputados un plazo de tres días a partir de cuándo se les notificó para cumplir la resolución.

La presidencia de la Comisión de Justicia del Congreso está acéfala, lo que complica la situación- Luis Borjas Romero diputado del PRI, quien es el presidente, se encuentra de licencia, y aunque se espera que ya reasuma su diputación no se sabe cuándo lo hará.

Piden prórroga

Ante esa situación, y para demostrar además al Juez que están en la mejor disposición de acatar la orden, ayer se envió al Juez Tercero de Distrito en el Estado un oficio solicitándole una prórroga de 30 días, con la finalidad de contar con más y mejores elementos que ayuden a fundar y motivar debidamente el nuevo dictamen.

En el documento se establece que, “con fundamento en el artículo 192 de la Ley de Amparo, requiérase al gobernador, y Congreso ambas autoridades del Estado de Yucatán con residencia en esta ciudad de Mérida, Yucatán, para que, en el plazo de tres días siguientes a la notificación de este acuerdo, cumplan con la ejecutoria de mérito, a fin de restituir a la parte quejosa en el pleno goce de sus derechos violados”.

Se añade que en caso de no cumplir en estos plazos se apercibirá a los diputados, incluso se les aplicaría multas de montos considerables, al establecer que: “Apercibidas las autoridades responsables mencionadas (el gobernador y el Congreso) con anterioridad, que de no cumplir con lo anterior en el lapso señalado, se les impondrá una multa mínima de cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, conforme al numeral 258, en armonía con el diverso ordinal 238, ambos del citado ordenamiento legal; así como se remitirá este expediente al Tribunal Colegiado de Circuito competente para seguir el trámite de inejecución”.

La notificación según informó Cervera Hernández el día anterior llegó al Congreso el pasado viernes, y en cuanto al proceso, prácticamente se inició el mismo miércoles, al turnarlo la mesa directiva a la Comisión de Seguridad, para reponer el procedimiento.

Respecto al sentido de la resolución, el asesor manifestó que en el mismo documento se establece y se asienta textualmente que: “La H. Comisión de Justicia y Seguridad Pública del Congreso deberá emitir un nuevo dictamen donde la evaluación deberá ser en base al desempeño y las actividades jurisdiccionales desarrolladas por el funcionario evaluado (Cesar Andrés Antuña Aguilar), por todo el tiempo que duró en el cargo”.

Palma Rodríguez añadió que incluso le dicen a los diputados lo que deben analizar, al precisar el documento que deberán analizar lo siguiente: “…analizando su productividad, las licencias y faltas de asistencia, temporalidad en que emitió sus resoluciones, los amparos otorgados contra sus sentencias emitidas por él (Antuña Aguilar), y todas aquellas documentales o demás pruebas que abonen sobre su capacitación, actualización y reputación pública”. El litigante agregó que si de verdad considerarán todo lo que dice el juez, tan solo con la situación de los amparos, ya no deberían ratificarlo, pues al menos en su caso, de todas las sentencias que Antuña dictó contra sus denuncias, el 70% de ellas se las ganó en los tribunales, con amparos. En el caso de la evaluación que emitió el Poder Judicial a favor de Antuña Aguilar, el abogado consideró que no necesariamente tienen que tomarla en cuenta, incluso sobre ese punto en el expediente se aclara que no es vinculante para la decisión que se adopte. “Pero si lo es que, en caso de que dicha autoridad decida desestimar la referida opinión (la evaluación), deberá fundar y motivar debidamente las causas que sustenten su postura…”, así se establece en la resolución. Palma Rodríguez reiteró que de acuerdo con esta resolución, no necesariamente la comisión debe emitir su dictamen a favor de ratificarlo en el cargo, eso lo deberán decidir después de evaluarlo y tomar en cuenta todos los elementos que pide el juez, y si de nuevo decidieran no mantenerlo en el cargo, Antuña Aguilar podrá de nuevo promover otro amparo contra esta decisión de los diputados. Hasta ayer la comisión de Justicia y Seguridad del Congreso no había convocado a sus integrantes, para sesionar y empezar a trabajar en este asunto, que data de agosto de 2019, cuando dejo el cargo Antuña Aguilar.— DAVID DOMÍNGUEZ M.

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