Por mayoría, el pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado aprobó el jueves una iniciativa de reformas a la Constitución del Estado, para que los magistrados ya no sean nombrados a propuesta del Poder Ejecutivo, sino que el mismo Poder Judicial los nombre y turne al Congreso del Estado para que los ratifique.

Se espera que en los próximos días se turne a los diputados locales para su discusión y se someta a votación si se aprueba o no.

De acuerdo con información recabada en el recinto del Poder Judicial del Estado en la sesión extraordinaria del viernes, esta reforma constitucional fue el único punto que se trató y de aprobó por unanimidad, con tres votos en contra que se supone fue de las dos magistradas y el magistrado que ganaron los amparos para no hacerlos separarse de sus cargos antes de concluir sus respectivos periodos.

Reforma para excluir al Ejecutivo

Actualmente el artículo 69 fracción VIII establece que entre las responsabilidades del Ejecutivo del Estado se encuentra: “Designar a las personas magistradas del Poder Judicial del Estado”.

Este es el punto que decidieron ya no siga vigente al reformar el artículo 66 con el siguiente texto:

“Las personas magistradas del Poder Judicial del Estado de Yucatán serán designadas por el pleno del Tribunal Superior de Justicia y ratificadas por el Congreso del Estado, de conformidad con el procedimiento siguiente: Sesenta días naturales antes de que concluya el cargo de una persona magistrada o inmediatamente se tenga conocimiento de una causa de retiro forzoso, falta absoluta o la existencia de una vacante por creación, según lo previsto en esta Constitución, la Secretaría General de Acuerdos del Tribunal Superior de Justicia informará a las personas magistradas en funciones”.

“Dentro de los 10 días hábiles siguientes las personas magistradas del Tribunal Superior de Justicia en funciones, podrán de forma individual o conjunta proponer a una persona para cubrir la magistratura vacante, para lo cual acompañarán la documentación que acredite que cumplen con los requisitos previstos en el artículo 65 de esta Constitución, así como cualquier otro documento que pueda demostrar que la persona propuesta cuenta con los méritos y experiencia para ocupar el cargo”.

“Las propuestas para ocupar el cargo de Magistrada y Magistrado del Poder Judicial considerarán a personas que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la procuración o la impartición de justicia en la carrera judicial o que lo merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica”.

Reforma al Congreso de Yucatán

Entre las reformas también incluyen la posibilidad de que el mismo pleno del Tribunal Superior pueda decidir incrementar el número de consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.

Esta iniciativa de reformas constitucionales recién aprobadas, se espera la envíen en los próximos días al Congreso del Estado, para que se someta a consideración de los diputados en este su último periodo ordinario de sesiones ordinarias del Congreso que apenas inició el pasado jueves.

David Domínguez Massa, reportero de la Agencia Informativa Megamedia- Tiene 41 años de trayectoria periodística, y es colaborador de Grupo Megamedia desde 2000. Premio Nacional de Periodismo en 2006,...