Al declarar recientemente la procedencia de la postulación de Alba Cristina Cob Cortés como candidata indígena de Morena a diputada local por el Distrito 11, con cabecera en Tecoh, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) corrigió uno de los tres reveses que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha asestado al Tribunal Electoral del Estado (TEEY) en menos de un mes.
La Sala Regional Xalapa del Tribunal federal ya revocó tres sentencias al TEEY del actual proceso electoral estatal, todas del mismo magistrado, Fernando Bolio Vales, de acuerdo con registros y estrados de la misma sala.
El primer revés al magistrado Bolio y al Tribunal yucateco fue el 5 de abril, cuando analizó y resolvió el expediente SX-JE-46/2024, relativo a un recurso de inconformidad promovido por una persona para controvertir un acuerdo del Consejo del Iepac de Yucatán.
En el expediente se asienta que, con dicho acuerdo, el Iepac designó a una persona distinta a la promovente para el puesto de asistente técnico de Educación Cívica, la cual había concursado para acceder a éste.
Se explica que el problema radicó en que el TEEY se declaró incompetente para conocer la impugnación y ordenó su remisión a la Sala Superior del TEPJF.
Sin embargo, esa instancia turnó el caso a la Sala Xalapa, que finalmente determinó que el TEEY sí debe conocer el asunto y resolverlo, pero se desconoce si ya se atendió esta resolución.
De acuerdo con los estrados electrónicos de la Sala Xalapa, el segundo revés al TEEY se registró el martes 23 de abril pasado, al estudiar el expediente con el folio SX-JDC/331/2024, que promovieron ciudadanos pertenecientes a la etnia Somos Mayas, quienes se quejaron de la sentencia de Fernando Bolio relacionada con información que previamente solicitaron al Iepac.
No recibieron información
Se precisó que los quejosos pidieron al Iepac que les proporcione por escrito y en archivo PDF los nombres de las personas registradas como candidatas por los partidos políticos a cargos públicos que se ostentaban como representantes de la etnia maya, así como los documentos que exhibieron para acreditar que forman parte de los pueblos originarios.
No recibieron la información como la habían solicitado y por eso promovieron un juicio ante el TEEY.
El magistrado Bolio Vales determinó que el Iepac sí dio debida contestación y sobreseyó el juicio, calificó como infundados los agravios y confirmó la respuesta proporcionada por el órgano electoral.
Ante esa resolución impugnada, la Sala Xalapa revocó la resolución del TEEY y la respuesta emitida del Iepac, recalcó que se vulneró el derecho a la petición de los ciudadanos y ordenó al Iepac que les responda.
