El lunes próximo una jueza de Control decidirá si vincula o no a proceso penal a un acusado de robar con violencia un automotor, informó hoy sábado la Fiscalía General del Estado de Yucatán (FGEY).
Según un comunicado, la Fiscalía presentó ante el Juzgado Primero de Control del Primer Distrito, en Mérida, a E.R.C.J. para la audiencia inicial.
En la diligencia, los fiscales de litigación informaron a la jueza de Control sobre los datos de prueba recopilados en la carpeta de investigación de la causa penal 277/2024.
Relataron que el domingo 21 de julio pasado, E.R.C.J. se encontraba en el centro de la ciudad de Mérida, se acercó al conductor de un vehículo Chevrolet Onix y, con insultos y amenazas, lo obligó a descender del auto.
Entonces se subió al vehículo pero no logró consumar el robo gracias a que una persona que pasaba intervino, lo detuvo y entregó a la Policía Municipal.
Tras presentar los datos de prueba, los fiscales pidieron a la jueza que vincule al acusado a proceso penal.
El derecho a defenderse con pruebas
En su turno, E.R.C.J. solicitó ejercer su derecho a que su situación se resuelva dentro del plazo constitucional (para presentar pruebas a su favor).
Ante ello, la jueza convocó a las partes para continuar la audiencia de vinculación el próximo lunes 29 de julio.
Por último, los fiscales solicitaron medidas cautelares contra el acusado y presentaron sus alegatos para ello.
En respuesta, la jueza determinó que el acusado permanecerá en prisión preventiva durante todo el tiempo que dure el proceso.
Plazo constitucional
Sobre qué es el plazo constitucional, el artículo 19 de la Constitución de México establece que “ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de 72 horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará: el delito que se impute al acusado; el lugar,
tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión”.
La duplicidad del plazo constitucional, o plazo constitucional ampliado, es de 114 horas.
