A una mujer que hizo vida común y vivió como pareja con otra le fueron reconocidos, tras el fallecimiento de ésta, todos los derechos y obligaciones alimentarias, sucesorias y demás que corresponden por ley a una concubina.

Lo anterior se debe a que la Sala Colegiada Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) confirmó el reconocimiento de un concubinato entre ambas, indica un boletín.

Al revisar el caso y emitir su resolución, la Sala Colegiada aplicó una perspectiva de orientación sexual, identidad y expresión de género con el objetivo de erradicar prácticas sociales y culturales discriminatorias.

La sala está integrada por los magistrados Alberto Salum Ventre, en calidad de presidente; Patricia Gamboa Wong, Sary Eugenia Ávila Novelo, Graciela Torres Garma y José Pablo Abreu Sacramento.

Esta decisión derivó de un juicio del orden familiar en el que una mujer demandó a la sucesión de su difunta pareja y fue resuelto también a su favor, en primera instancia, por la Juez Séptimo de Oralidad Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado.

En contra de esta decisión, el representante legal de la sucesión interpuso el recurso de apelación resuelto.

Ante ello, la Sala Colegiada analizó el caso y en su resolución, que fue por unanimidad, consideró que la mujer que promovió el juicio hizo una vida en común con la hoy difunta.

Es decir, vivieron como pareja por más de dos años, así como que su cohabitación fue en forma exclusiva, notoria y permanente.

El TSJE reafirmó su compromiso por hacer efectivo el derecho a la igualdad y no discriminación de quienes son parte del colectivo de la diversidad sexual.

Consideraciones legales

En la sentencia de la Sala Colegiada del Tribunal Superior de Yucatán se recuerda la reforma al Código de Familia para el estado, del pasado 3 de marzo de 2022, en materia de “nuevos estados de familia”. Entre otros temas, incorporó a las parejas del mismo sexo a la protección legal de las figuras del matrimonio y el concubinato.

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