asalto en Chicxulub Puerto

Una Jueza de Control de Yucatán vinculó a proceso al hombre J.E.C.P. por el delito de robo cometido con violencia y ordenó su reclusión en el penal, debido a que el domingo 16 de febrero de 2025 asaltó con un arma a una mujer en Chicxulub Puerto, comisaría de Progreso.

En un comunicado, la Fiscalía General del Estado de Yucatán (FGEY) informa que en la audiencia inicial, el juez calificó de legal la detención de J.E.C.P.

Seguidamente, la FGEY formuló la imputación del delito y presentó los datos de prueba para sustentar su solicitud de que J.E.C.P. sea vinculado a proceso penal.

En su turno, J.E.C.P. solicitó que su situación jurídica se resuelva dentro del plazo constitucional, de 72 horas.

Ante ello, la Jueza informó que la audiencia inicial se reanudará el lunes 24 de febrero próximo. 

Asalto en Chicxulub Puerto

De acuerdo con la causa penal 21/2025, el domingo 16 pasado la mujer estaba en una calle de Chicxulub Puerto cuando J.E.C.P. se le acercó, la amenazó con un cuchillo y le robó el teléfono celular.

Luego emprendió la fuga, pero varias personas lo capturaron, retuvieron y entregaron a varios policías, quienes lo detuvieron formalmente. 

A petición de la FGEY en la audiencia judicial, la Jueza de Control impuso la prisión preventiva justificada, como medida cautelar, durante todo el tiempo que dure el proceso a .J.E.C.P., así que ingresó al penal de Mérida.

Qué sanciones tiene el robo con violencia o asalto

El robo con violencia es uno de los delitos graves –sin derecho a la libertad bajo fianza- enlistados en el artículo 13 del Código Penal de Yucatán.

Cuando el robo se ejecute con violencia, además de las sanciones que correspondan imponer en los términos de los artículos 333, 334 y 335 de este Código, se impondrán al inculpado de seis meses a tres años de prisión y de dos a veinte días-multa, indica la ley penal estatal.

Los artículos 333 y 334 fijan las penas de prisión según el valor del bien hurtado, y el 335 tipifica el robo calificado como aquel que, por ejemplo, se realiza en una vivienda, una escuela o un vehículo de transporte público, entre otros.

El robo calificado tiene pena de uno a cinco años de prisión.

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Flor de Lourdes Estrella Santana es Licenciada en Educación por la Uady. Ingresó a Grupo Megamedia en el año 2000. Ha sido reportera, redactora y editora. Escribe contenidos generales, especialmente sobre equidad de género, gobierno, educación y salud.