Revés judicial en la elección de la comisaría de Xcumpich en Mérida, la Sala Regional Xalapa TEPJF confirma el fallo de TEEY tras un empate
Revés judicial en la elección de la comisaría de Xcumpich en Mérida, la Sala Regional Xalapa TEPJF confirma el fallo de TEEY tras un empate

Los nuevos magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) sufrieron su primer revés luego que la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocara una de sus primeras resoluciones, relacionada con un caso de violencia política de género.

El fallo original sancionaba al alcalde de Tahdziú, Pedro Yah Sabido, pero fue invalidado, ya que no se le informó correctamente del procedimiento ni de la metodología.

El juicio fue promovido por funcionarias del Ayuntamiento de Tahdziú, quienes acusaron al edil de obstaculizar el ejercicio de sus cargos, menospreciarlas y ejercer violencia política en razón de género.

El TEEY, en su momento, consideró probadas las acusaciones y acordó solicitar al Instituto Nacional Electoral (INE) la inscripción del alcalde en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por cinco años y medio.

El motivo fue obstaculizar el ejercicio del cargo, segregar y menospreciar a servidoras públicas. Prácticamente se quedó sin la posibilidad de buscar la reelección en 2027.

Sin embargo, la Sala Regional resolvió que el Tribunal local deberá reponer el procedimiento para que Yah Sabido tenga la oportunidad de defenderse de manera adecuada.

La sentencia revocada fue una de las primeras emitidas por los nuevos magistrados María Eugenia Achach Asaf y Arturo Sandoval Torres, quienes tomaron posesión el 23 de abril pasado.

Primer revés de sentencia

Esta fue de las primeras sentencias que emitió el TEEY, propuesta por Fernando Bolio Vales, su magistrado presidente.

Fue aprobado por unanimidad por su ponente y los nuevos integrantes del tribunal María Elena Achach Asaf y Arturo Sandoval Torres, quienes apenas el pasado 23 de abril tomaron posesión como magistrados electorales, lo que fue la primera sentencia aprobada.

Se trató de la resolución emitida al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía, marcado con el expediente JDC-002/2025, promovido por funcionarias —cuya identificación se protege— del Ayuntamiento de Tahdziú, quienes denunciaron que el alcalde desarrolló un patrón de conducta que obstaculizó el ejercicio de su cargo y cometió violencia política.

Por ese motivo, el TEEY determinó “la existencia de la violación al derecho político-electoral de ser votado, en la vertiente de desempeño del cargo de las actoras, integrantes del Ayuntamiento de Tahdziú, pues se obstaculizó el ejercicio de su cargo”.

Al confirmarse que existió violencia política en contra de las mujeres en razón de género en perjuicio de dichas funcionarias, decidieron sancionarlo.

Sin embargo, a los pocos días, el pasado miércoles 11 de junio en sesión pública, la Sala Regional Xalapa revocó esa sentencia por considerar que el TEEY omitió informar a Yah Sabido sobre la aplicación de la metodología consistente en la reversión de la carga de la prueba, al momento de pedirle los informes y las pruebas correspondientes.

Sin embargo, se aclaró que debe hacerlo con la subsistencia de las diligencias y requerimientos realizados, de manera que puedan ser objetados en atención a los principios que operan en asuntos relacionados con presuntas conductas constitutivas de violencia política en razón de género.

David Domínguez Massa, reportero de la Agencia Informativa Megamedia- Tiene 41 años de trayectoria periodística, y es colaborador de Grupo Megamedia desde 2000. Premio Nacional de Periodismo en 2006, se especializa en temas de política, gobierno y electorales.