El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado negó que exista disposición alguna que impida a Armando de Jesús Mendoza Casanova reincorporarse al cargo de Juez de Primera Instancia, como él mismo lo solicitó. Aclaró que el proceso no es irregular ni arbitrario, como señaló recientemente una lideresa sindical.
En un comunicado, el Consejo precisó que la reincorporación de Mendoza Casanova corresponde a un derecho legítimo previsto en la normativa vigente, derivado de una petición personal, y no implica una nueva designación ni un procedimiento irregular.
La aclaración surge luego de las críticas expresadas por Luisa Martín Puc, secretaria general del Sindicato Progresista del Poder Judicial, quien calificó la decisión como ilegal y una “traición a las mujeres yucatecas”, al recordar que el magistrado ha sido señalado de violencia contra mujeres.
Según la dirigente, la reincorporación contraviene lo dispuesto en los artículos 32 y 34 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
En respuesta, el Consejo enfatizó que ni la Constitución ni la Ley Orgánica consideran disposición alguna que impida a Mendoza Casanova retomar funciones jurisdiccionales en un cargo previamente conferido, del cual nunca renunció formalmente.
Además, señaló que no existe resolución judicial firme que lo inhabilite para ejercer como juez.
El órgano colegiado puntualizó que, al aceptar la reincorporación, Mendoza Casanova pierde sus derechos como magistrado, por lo que quedan suspendidos los beneficios de haber de retiro —calculados en alrededor de dos millones de pesos— con el fin de evitar duplicidades en el erario.
Únicamente conservará los derechos que la ley le reconozca al concluir su período como juez en 2027.
Asimismo, el Consejo reiteró que sus actos se apegan a la legalidad y al respeto irrestricto de los derechos humanos, y rechazó que la reincorporación pueda calificarse como arbitraria o carente de fundamento.
