Imagen con fines ilustrativos, generada con IA
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La Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) del gobierno del Estado afirma que las contrataciones y pagos de servicios a la empresa ADN Diferente se hicieron “en estricto apego al marco jurídico vigente”.

En la misma situación, agrega, están “los demás contratos de esta naturaleza que han trascendido o que se encuentran vigentes con otros proveedores”.

También asegura que “son inexactas” e incorrectas “algunas cifras difundidas” sobre los pagos efectuados a esa sociedad mercantil.

“Conforme a los registros contables, el monto pagado por el Sistema Tele Yucatán a favor de ADN Diferente, S.A. de C.V., durante el ejercicio fiscal 2025 asciende a $15.377,946 (quince millones trescientos setenta y siete mil novecientos cuarenta y seis pesos”, añade.

“Por lo tanto, cualquier referencia a una cantidad superior pagada por esa entidad en dicho ejercicio es incorrecta”.

Antecedentes de los pagos y contratos

Aunque no menciona al Diario, la SAF se refiere a nuestras publicaciones sobre contratos otorgados por el Ejecutivo yucateco a ADN Diferente, del ramo de la publicidad, producción televisiva y marketing.

En días pasados informamos que Tele Sistema Yucatán, empresa estatal que padece de crónico déficit financiero, pagó en 2025 más de 39 millones de pesos a ADN Diferente por servicios de producción y asesoría para la elaboración de contenidos.

También publicamos que en noviembre de 2024 la misma empresa recibió de manera directa un contrato de más de diez millones de pesos del Instituto Promotor de Ferias de Yucatán para la prestación de servicios de “producción integral de los premios Tu Awards 2024”, incluyendo su difusión “en diversos medios digitales e impresos”.

Además, a fines de 2024 la Secretaría de Salud de Yucatán le pagó 4.4 millones de pesos por “difusión de mensajes sobre programas correspondientes al convenio Sanas 2024”.

Solo con esos tres casos, de los cuales tenemos copia de los contratos, la empresa recibió alrededor de cincuenta millones de pesos en los meses finales de 2024 y en 2025.

Alusiones a una sola institución y dos puntos medulares

El gobierno del Estado distribuyó este viernes 19 de junio un comunicado con la respuesta de la SAF, aunque, como ya señalamos, sin referirse al Diario. Solo menciona los contratos de Tele Sistema Yucatán, no de las otras dependencias involucradas.

Son dos puntos medulares del comunicado: la dependencia recalca que las contrataciones y los pagos se hicieron con apego a la ley y que los montos mencionados son inexactos.

En nuestras publicaciones no indicamos que los procedimientos se hicieron fuera de la ley. Incluso, en los montos que rebasan los topes permitidos por la legislación vigente se alude a los preceptos en que se fundamentan las adjudicaciones directas.

Ejemplos de las modalidades de asignación

Por ejemplo, en el contrato del Instituto Promotor de Ferias de Yucatán, de más de diez millones de pesos, se hace la siguiente observación en la Plataforma Nacional de Transparencia:

“Cabe señalar que la forma de adjudicar dicho servicio fue de manera directa, por lo que no se emitió convocatoria o invitación alguna, ni se llevaron a cabo las juntas de aclaraciones, la de presentación y apertura de las propuestas, ni la de emisión del fallo…”

En cuanto a la Secretaría de Salud, el contrato de 4.4 millones de pesos fue adjudicado a ADN Diferente en un proceso “de invitación a cuando menos tres personas”. En la Plataforma Nacional de Transparencia se señala que participaron dos: la ganadora y “Espacios Cúbicos Mx, S. de R.L. de C.V.”

Procedimiento de excepción a la licitación pública

En efecto, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Yucatán establece los criterios en que se puede realizar una adjudicación directa como procedimiento de excepción a la licitación pública.

Uno de esos criterios es que una licitación pública haya sido declarada desierta o que el contrato solo se pueda celebrar con un proveedor determinado, debido a características técnicas o marcas específicas.

En relación con los montos que la SAF señala como “inexactos”, en nuestras informaciones describimos las cantidades que se estipulan en los contratos.

Lo que dice el comunicado oficial

A continuación, el texto íntegro del comunicado:

La Secretaría de Administración y Finanzas informa que las contrataciones de servicios de comunicación, difusión y producción se realizaron conforme a la ley y precisa las cifras difundidas

En atención a diversas publicaciones recientes, la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Yucatán informa que las contrataciones y los pagos de servicios de comunicación, difusión y producción correspondientes a la empresa ADN Diferente, S.A. de C.V., así como los demás contratos de esta naturaleza que han trascendido o que se encuentran vigentes con otros proveedores, se realizaron en estricto apego al marco jurídico vigente.

Dichas contrataciones se efectuaron al amparo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que ordena administrar los recursos públicos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Yucatán, conforme a las modalidades de adjudicación previstas y a los montos máximos autorizados en el Presupuesto de Egresos del Estado.

En materia de difusión, las contrataciones observaron lo dispuesto por la Ley General de Comunicación Social y el Código de la Administración Pública de Yucatán.

La totalidad de los pagos se ha cubierto bajo el momento contable del gasto devengado, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; es decir, contra servicios efectivamente prestados y plenamente comprobables, con su respectivo soporte documental.

Asimismo, se precisa que algunas cifras difundidas son inexactas y superiores al gasto efectivamente ejercido. Conforme a los registros contables, el monto pagado por el Sistema Tele Yucatán a favor de ADN Diferente, S.A. de C.V., durante el ejercicio fiscal 2025 asciende a $15.377,946.00 (quince millones trescientos setenta y siete mil novecientos cuarenta y seis pesos 00/100 M.N.); por lo tanto, cualquier referencia a una cantidad superior pagada por esa entidad en dicho ejercicio es incorrecta.

Los conceptos pagados corresponden exclusivamente a servicios de postproducción y producción de spots de radio, televisión y redes digitales; a la difusión de servicios, programas, obras y campañas del Gobierno del Estado, y a servicios técnicos de producción audiovisual —transmisión con cámaras, intercomunicación, iluminación, apoyo técnico y asesoría para la creación de contenidos—.

La información correspondiente es pública y puede consultarse en los portales oficiales de transparencia y en la Cuenta Pública del Estado, conforme a la legislación en materia de transparencia y rendición de cuentas.

En consecuencia, las operaciones referidas se ajustan a la normatividad aplicable y no presentan irregularidad alguna.

La Secretaría de Administración y Finanzas reitera su compromiso con la legalidad, la transparencia y el uso honrado y responsable de los recursos públicos, y mantiene a disposición de los órganos de fiscalización la documentación que corresponda.

Contratos obtenidos vía Plataforma Nacional de Transparencia:

* Contratos obtenidos mediante solicitudes a la Plataforma Nacional de Transparencia.