Pueden pedir pensión alimenticia personas con relación extramarital
MÉXICO.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que en Morelos, hombres y mujeres que mantienen una relación extramarital, pueden pedir pensión alimenticia.
Durante la sesión de la Primera Sala de la SCJN, los ministros invalidaron la definición de concubinato establecida en el Código Civil de Morelos.
Con mayoría de tres votos, los ministros consideraron que excluir del concubinato a las personas casadas es discriminatorio, pues, muchos hombres tienen una casa con su esposa y otra con la persona con la que mantienen una relación extramarital, a modo de concubinato.
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— Suprema Corte (@SCJN) September 2, 2020
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¿Por qué el cambio en la definición de concubinato?
La declaratoria derivó de un juicio de amparo tramitado por una mujer en Morelos, que reclamó desde 2015 la pensión alimenticia al hombre casado con el que mantuvo una relación durante 12 años.
La pensión le había sido negada debido a que se consideraba que la mujer no era concubina del hombre casado y, por tanto, no tenía derecho a pensión alimenticia.

¿Es un decreto establecido?
El amparo únicamente le beneficia a la quejosa anteriormente mencionada.
Pero las mujeres de Morelos que quieran recibir pensión alimenticia por parte de los hombres casados con los que mantienen una relación, pueden especificar en sus demandas la definición del concubinato que ya fue modificada por los ministros.
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