CIUDAD DE MÉXICO.— Este martes, durante su habitual conferencia de prensa matutina, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, dio a conocer que hoy mismo, a través de la Secretaría de Gobernación (Segob), enviará un escrito formal dirigido a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en donde le solicitará que expliquen “por qué violan la Constitución” al ganar cuatro o cinco veces más que el Presidente de la República.
López Obrador señaló que en un plazo de cinco días, los ministros del Máximo Tribunal deberán de contestar a esta carta y confió que el escrito haga reflexionar a los ministros de la Corte en bajarse el sueldo, el cual aseguró que ronda en 600 mil pesos al mes.
Dijo que enviará la carta porque si sólo denuncia y no actúa “me estoy convirtiendo en encubridor, en cómplice”.
¿Violan la Constitución?
“Les informo que voy a presentar a través de la Segob, que tienen las facultades, un escrito dirigido a la SCJN para que me respondan en el término establecido por este ordenamiento por qué ellos violan la Constitución, en especial porqué violan el artículo 125 de la Constitución que establece que nadie debe de ganar más que el Presidente de la República y ellos ganan cuatro, cinco veces más que lo que yo gano”.
El mandatario agregó, “Y ya lo estudiaron los abogados y procede hacer el escrito y en cinco días me tienen que dar una respuesta, nos tienen que dar una respuesta los ministros de la Corte. Hoy voy a enviar a través de la Segob, quiero ver si es legal lo que están diciendo de violar la Constitución, de violar el artículo 127 de la Constitución”.
“Me he quedado pensando, como conozco de una violación a la Constitución y nada más lo denuncio y no actúo, me estoy convirtiendo en encubridor, en cómplice. Que quede constancia de que hicimos todo lo que legalmente es posible“, dijo.

En Palacio Nacional, el jefe del Ejecutivo federal informó que estuve analizando si su gobierno tenía alguna posibilidad de cuando menos recibir una explicación de los motivos porque los ministros de la SCJN ganan 600 mil pesos mientras que él gana entre 140 y 150 mil pesos, pese a que la Constitución establece que nadie debe de ganar más que el Presidente.
“Yo gano como 140-150 mil y ellos ganan 600 mil. Entonces quiero que me expliquen para que yo le informe al pueblo de México. Es interesante, ¿no? (…) Es nada más que nos expliquen porque violan la Constitución si es legal lo que están haciendo. Eso es lo que les voy a solicitar y espero respuesta. Hay un ordenamiento del Poder Ejecutivo sobre las facultades de la Secretaría de Gobernación se va a fundar el escrito a partir de este ordenamiento legal”.
Sostuvo que los altos salarios de los ministros es una violación flagrante a la Constitución, por lo que confió que en un acto de “sensatez” rectifiquen y actúen con austeridad, pero sobre todo, indicó, que respeten el artículo 127 de la Carta Magna para que deje de ser “letra muerta”.
“Yo sostengo que es una violación flagrante a la Constitución lo que están haciendo. Ojalá ellos, que son los jueces, los encargados de cuidar de que no se viole la Constitución, en un acto de sensatez rectifiquen, es de sabios cambiar de opinión y resuelvan que van a actuar con austeridad y sobre todo que se va a respetar el artículo 127 para que deje de ser letra muerta“, agregó.
¿Qué dice el Artículo 127 de la Constitución Mexicana?
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Título Séptimo, correspondiente a las Prevenciones Generales, el Artículo 127 dice:
“Artículo 127. Los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los Municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades”.
En las consideraciones se agregan las siguientes bases:
“Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes, bajo las siguientes bases:
I. Se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.
II. Ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente”.
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