Invalidan artículo sobre la objeción de conciencia

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un artículo de una ley que reconocía la objeción de conciencia, para que personal de salud pudiera negarse a participar o colaborar en procedimientos para la interrupción de un embarazo, con lo que se blindó la sentencia de inicios de mes que declaró inconstitucional la penalización del aborto.

Con el voto de ocho de los once ministros de la SCJN, se invalidó el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud que establecía de forma amplia la objeción de conciencia para el personal médico y enfermeras, limitándolo únicamente cuando se pusiera en riesgo la vida del paciente o se tratara de una urgencia.

La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) convocó para el 3 de octubre a la “Marcha por la mujer y por la vida” para protestar por las sentencias.

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