Rubén Osorio Paredes (*)

Ana y Juan han tomado la decisión de casarse, han planeado con esmero todos y cada uno de los detalles de la celebración: la recepción, los invitados, el protocolo. Sin embargo, con las prisas en su mente poco ha pasado con lo jurídico. Pues bien amigos, el matrimonio es una institución social, reconocida como legítima por la ley, que consiste en la unión de dos personas para establecer una vida en común.

Los requisitos para contraer matrimonio en Yucatán son los siguientes:

I. Que ambos contrayentes sean mayores de edad.

II. Que los interesados se presenten ante el oficial del registro Civil del domicilio de cualquiera de los interesados en contraer matrimonio.

III. Que presenten tres testigos que bajo protesta de decir verdad declaren que los interesados no tienen impedimento legal para el matrimonio.

IV. Exhibir un certificado médico en el que conste que los interesados no padecen ninguna de las enfermedades consideradas como impedimento para contraer matrimonio.

V. Acreditar tu asistencia a los talleres de orientación prematrimonial implementados por el Registro Civil.

Te puedes casar bajo el régimen de separación de bienes o sociedad legal

Si durante la unión se quiere modificar el régimen patrimonial; puede realizarse ante Notario Público siempre que no exista conflicto entre los cónyuges o a través del juzgado familiar.

En las siguientes entregas estaremos escribiendo de las diferencias entre los regímenes patrimoniales. ¡Hasta la próxima!— Mérida, Yucatán.

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Rubén Osorio

Abogado. Titular del Despacho Rubén Osorio & Asociados. Catedrático de la Universidad Anáhuac Mayab

 

El matrimonio es una institución social reconocida como legítima por la ley, que consiste en la unión de dos personas…

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