El papel de los seres humanos en el mundo muy pocas veces ha sido puesto en debate; nos asumimos como los dueños absolutos del planeta y de todo lo que lo integra, ya sea que se trate de recursos naturales, vegetación o animales.
Sin embargo, la relación que mantenemos con éstos últimos ha sido más compleja.
Tratando de ejemplificar lo anterior, aun y cuando con el paso de los años se ha buscado reducir la explotación desmedida de la naturaleza y sus recursos, ésta sigue presente hasta nuestros días solo que bajo un planteamiento de “sostenibilidad” que pretende no afectar las capacidades regenerativas del ambiente.
Por lo que se refiere a la relación entre humanos y animales, ésta ha evolucionado constantemente. Diversos filósofos y juristas han señalado la posibilidad de otorgar una consideración más amplia a los animales.
Para efectos de esta columna, identificaremos dos principales corrientes: la especista y la teoría de los derechos de los animales no humanos (ANH).
Por un lado, el especismo observa una diferencia muy marcada en el trato a diferentes animales; no vemos de la misma manera a un perro que a una vaca o una gallina.
Esto origina que las normas consignen distintos estándares de protección para éstos, en función de su utilidad para el ser humano.
En otras palabras, la ley sanciona a quien abandone a una mascota, o que atente contra la vida de un espécimen en “peligro de extinción”, pero consiente que ciertos animales puedan ser sacrificados con fines de investigación, alimentos o por “cultura”, como el caso de los toros.
En segundo término, la teoría de los derechos de los animales no humanos concibe que algunos, no todos, de los animales pueden recibir una consideración moral y jurídica mayor en virtud de que mantenemos obligaciones de preservación y cuidado con ellos.
A partir de este pensamiento, en épocas recientes ha empezado a desarrollarse un criterio innovador que pretende garantizar una mayor protección animal; la sintiencia.
La sintiencia animal es un concepto que replantea la condición animal.
Históricamente, los animales han sido vistos como “bestias” o como meros objetos; se argumentaba que carecían de capacidad de lenguaje y razonamiento, y que sus movimientos o actos estaban justificados por instintos primitivos, de ahí que pensadores como Descartes los consideraran como simples “máquinas”.
No obstante, la sintiencia repiensa esta forma de valorar a los animales en el entorno, pues los identifica como seres capaces de sentir dolor, razón por la cual, desde una postura humanista, los observa como sujetos de protección.
La pregunta ahora es: a partir de la sintiencia, ¿puede considerarse que los animales tienen derechos? Desde una postura particular, sí. Pero no me refiero a que humanos y animales tengamos las mismas libertades y derechos; sería incoherente asegurar que los animales tengan derecho a laborar o a la seguridad social, por ejemplo.
Evidentemente, la afirmación debe acompañarse de un análisis de las particularidades de los animales. Así tal vez, podamos reconocer que los animales tienen derecho a no sufrir maltrato o a vivir en condiciones dignas de acuerdo con su naturaleza, por mencionar algunos.
En Yucatán, esta visión ha servido de guía para adoptar acciones para el cuidado animal. Desde iniciativas que promueven la reforma al marco jurídico local para sancionar el maltrato, garantizar la protección o reconocer sus necesidades de cuidado, hasta políticas públicas que buscan el bienestar de los animales.
La posibilidad de reconocer derechos a los animales seguirá generando polémica. Sin embargo, algo que no podemos negar es que animales y humanos compartimos el mismo espacio en el planeta, por lo que debemos buscar una convivencia que nos permita satisfacer nuestras necesidades básicas, sin afectar injustificadamente el desarrollo y vida de los animales.— Mérida, Yucatán.
mariomaldonadoe@gmail.com
@mariomaldonadoe,
Especialista en Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa
