El agua, un tema incómodo para los políticos, que generalmente desdeñan y terminan por ponerla en manos de otros políticos que luego la politizan, la minimizan, se valen de ella y, como siempre ha sucedido, termina siendo un asunto que solo es ventilado en corto por las dependencias gubernamentales que hacen planes para cuidarla, se esmeran por su protección y finalmente no dan el salto para caminar en el mismo sentido y con funciones claramente definidas con los políticos que detentan el poder.

El agua no es un juego político; va mucho allá, el agua es un bien común que da vida al planeta, la humanidad y a todos los seres vivos y, como tal, lo menos que se debe hacer es cuidarla y ordenarla y ¿cómo?; ahora sí entra la política, escribiendo y legislando políticas públicas que pongan orden al caos, hay que llamar a las cosas por su nombre y dejar de simular.

Caso Yucatán: ¿qué tienen en común la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán (JAPAY) y la Comisión o Instituto Estatal del Agua? La primera es un organismo existente y se encarga de prestar el servicio de agua potable únicamente en la ciudad de Mérida; en tanto la Comisión o Instituto Estatal del Agua es un organismo inexistente pero urgente que sea creado por el gobierno del Estado y será el encargado de coordinar y coadyuvar con los 106 municipios del estado la importante función de proveer agua con el debido tratamiento que la vuelva apta para consumo humano; asimismo, tendrá como misión: planear, construir, conservar, ampliar y de ser necesario operar, así como dictar normas y procedimientos para los sistemas y servicios de agua potable y alcantarillado en todo el estado.

La JAPAY, según sus siglas, parece ser un organismo estatal, pero dicho nombre se ha quedado por costumbre o por comodidad ya que con esto forma parte del gobierno estatal y se le encargan responsabilidades que salen de su ámbito de acción.

En internet la JAPAY publica que: “Es el organismo dedicado a supervisar el suministro de agua potable en la ciudad, así como a mantener la red hidráulica de la misma”. ¿Qué hay que hacer?, muy sencillo, colocarle el nombre de acuerdo con sus funciones, JAPAM Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Mérida y dar paso a la creación de la Comisión o Instituto Estatal del Agua.

Ilustrando solo un caso del caos; en la tramitología sucede que existen zonas de la ciudad y del municipio de Mérida que en materia de dotación del servicio de agua potable son tierra de nadie. Pueden ser zonas en la ciudad dentro y fuera del Periférico, o pueden ser comisarías; cuando se trata de construir alguna vivienda o desarrollo habitacional, el usuario acude a la JAPAY a solicitar el servicio y ésta se lo niega por no ser de su injerencia o jurisdicción o su conveniencia; el usuario acude con esa negativa al Ayuntamiento de Mérida y éste le extiende una segunda negativa por carecer de infraestructura en la zona solicitada.

En algunos casos de zonas al norte de la ciudad, la solicitud se direcciona al Ayuntamiento de Progreso siendo la respuesta generalmente en los mismos términos; con todas las negativas, el usuario no tiene más opción que acudir a la Conagua, la cual es una instancia federal, pero ahora ya no solicita el servicio debido a que la dependencia no es operadora, sino solicita el permiso para perforar un pozo que le permita construir la o las viviendas y luego para equiparlo y convertirlo en abastecimiento de agua, al final esta dependencia le puede extender un título o concesión para aprovechar aguas nacionales; el trámite puede demorar un buen tiempo, años incluso y eso promueve que el desarrollador ejecute obras sin permiso expreso o aval de la autoridad.

Este ejemplo de desorden que da lugar a un peregrinaje entre solicitantes y dependencias se solucionaría con la existencia de la Comisión o Instituto Estatal del Agua que será una “ventanilla única” para atender y dar cauce y solución a los destinos del agua en todo el estado.

Desde luego la Comisión respetará estrictamente la Constitución Política de México que en materia del agua dice: Artículo 27 indica lo relativo a la administración del agua en la República Mexicana y el Artículo 115 es el sustento para el ámbito municipal; en este último se establece que cada municipio será el encargado y responsable de prestar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y del tratamiento, y disposición de las aguas residuales dentro de su jurisdicción.

El estado de Yucatán tiene 106 municipios y en 105 se cumple lo establecido en este artículo menos en el municipio de Mérida, el cual sigue estando bajo la jurisdicción estatal, esto ultimo aún es tarea pendiente.

Otra visión de desorden que impera en los municipios; en la actualidad con algunas excepciones, la mayor parte de los sistemas municipales operan con números rojos siendo una carga económica y política; no hay medición del servicio y por consiguiente hay una discrecionalidad en el cobro; las estructuras tarifarias no permiten solventar los costos operativos; el servicio prestado es de baja calidad y casi siempre discontinuo, con instalaciones en mal estado, lo que propicia numerosas fugas; en ocasiones no hay cloración y la suma de todos estos problemas provoca el rechazo de los usuarios a pagar debido al mal servicio. El sistema de agua potable se convierte en una carga para el municipio, sobre todo por las altas tarifas de energía eléctrica y las reparaciones a la red donde por lo general carecen de elementos técnicos y mecánicos para solucionarlas y, por tanto, las fugas ahí se quedan.

Queda claro que los municipios requieren un coordinador estatal y es por ello necesario que exista una Comisión o Instituto Estatal de Aguas regido por un cuerpo técnico de primer nivel (no políticos de paso en busca de su siguiente puesto); que tenga los conocimientos para poner en orden el gran desorden existente y que su labor sea solucionar paulatinamente las necesidades de los municipios.

Tal vez suene iluso, pero su labor debe ser técnica , no política; para darle sustento legal es imprescindible una Ley Estatal de Aguas que regule el destino del uso del agua en el estado y sus 106 municipios. Es decir, la Comisión o Instituto, tendrá como unidad fundamental el acuífero, su cuidado y su preservación ya que es la única fuente de abastecimiento para todos los usos (agrícola, industrial, de servicios y de nuevos desarrollos habitacionales), pero es asimismo el único cuerpo receptor de las aguas residuales y no existe una autoridad estatal que vele por él.

Por todo lo anterior, existe en el estado la necesidad de establecer un orden para regular la tramitología en la captación, la distribución, el abastecimiento de agua potable a la población, así como el aprovechamiento, el desarrollo, la preservación y el cuidado del acuífero.— Mérida, Yucatán.

jorgelopezglez@hotmail.com

Ingeniero, consultor en Hidrología e Hidráulica; Universidad Marista de Mérida.

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