No se prohíbe el sexting, sino la porno-venganza
A partir del próximo miércoles primero de agosto se aplicaría la reforma de ley contra la porno-venganza en Yucatán para informar ampliamente en qué consisten estos nuevos delitos.
“Se debe explicar que no se sanciona la conducta de tomarse fotos entre parejas, que se conoce como sexting; se penaliza que sin permiso de una de las partes esas imágenes, vídeos o sonidos sean compartidos, incluida la amenaza de ejecutar esta mala práctica”, precisó Celia Rivas Rodríguez, presidenta de la Junta de Gobierno el Congreso del Estado.
La diputada del PRI precisó que con las reformas al Código Penal del Estado para castigar el porno-venganza se establece que:
“Las sanciones para quien cometa este delito serán de uno a cinco años de prisión a quien revele, publique, difunda o exhiba contenido erótico, sexual o pornográfico obtenido con el consentimiento de otra persona, a través de mensajes telefónicos, en redes sociales, correo electrónico o cualquier otro medio”.
La legisladora añadió que se castigará con entre seis meses y cuatro años de prisión a quien coaccione u hostigue a otra persona con la amenaza de revelar o difundir sin su consentimiento sus imágenes eróticas o sexuales.
Si los afectados son menores de edad, la pena aumentará hasta en una mitad más de la condena normal.
La diputada manifestó que con estas reformas aprobadas se puede considerar que la sesión de ayer fue histórica, en favor de nuestros valores como sociedad, y se mantiene a Yucatán a la vanguardia.— DAVID DOMÍNGUEZ M.
