“Pago inmediato”
La deuda del Ayuntamiento de Mérida con banco Santander, por el caso de las luminarias, asciende a 630 millones de pesos, según la cuenta que presentó el juzgado de Ciudad de México que lleva el caso, informa el secretario de la Comuna, Alejandro Ruz Castro.
Este juzgado, el Tercero de Distrito en Materia Civil, a cargo de Felipe Consuelo Soto, ya pidió al Ayuntamiento el pago inmediato de la deuda, pero las autoridades municipales, encabezadas por Renán Barrera Concha, propusieron a cambio un plan de pago a treinta años.
“La Comuna no se niega a pagar, pero lo hará sin afectar las finanzas de la ciudad”, dice Ruz Castro.
El juez no aceptó esa propuesta y el Ayuntamiento solicitó y obtuvo un amparo indirecto de un juez de distrito que ordenó la suspensión.
El viernes publicamos que Standard and Poor’s, la agencia calificadora de riesgos financieros, en un informe reciente, calculaba el monto de esta deuda “conservadoramente” en 400 millones de pesos, lo que podría “poner presión” a las finanzas del Ayuntamiento, aunque éstas actualmente estén sanas.
En entrevista, Ruz Castro precisa que la cifra correcta es de 630 millones de pesos, aproximadamente, y que la Comuna corre el riesgo de que el juez Consuelo Soto insista en cobrar esa cantidad de un solo golpe u ordene el embargo de la Comuna.
El 31 de octubre el juez Consuelo Soto sentenció al Ayuntamiento de Mérida a cubrir las rentas que dejó de pagar a Santander ($281 millones, aproximadamente), cuando Barrera Concha, en su primer periodo en la alcaldía, canceló el contrato de arrendamiento de esa luminarias, suscrito por Angélica Araujo Lara con AB&C Leasing —que luego cedió los derechos de cobro a Santander— así como los correspondientes intereses moratorios desde que dejó de pagarlos y hasta que finalizó el contrato de arrendamiento en marzo de 2016.
Ante la resolución del juez de pagar 630 millones, la Comuna propuso una alternativa para no afectar las finanzas municipales, consistente en un plan de pago a largo plazo, a razón de tres millones de pesos durante 30 años, pero el juez rechazó la propuesta.
En respuesta, la Comuna solicitó y obtuvo un amparo.
Aún no hay fecha para la audiencia constitucional que resolverá el caso, pero ésta puede darse en cualquier momento, indica Ruz Castro.
“No nos negamos a pagarle al banco, siempre y cuando eso no afecte las finanzas del municipio y los servicios de la ciudad”.
Según Ruz Castro, el pago no tiene que ser de golpe, porque el Ayuntamiento tiene a su favor varias leyes que le permiten enfrentar la sentencia judicial.
Una de éstas, añade, es la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que en su artículo 47 establece que las entidades públicas “ejecutoras del gasto”, en este caso el Ayuntamiento de Mérida, “deberán cubrir las contribuciones federales, estatales y municipales correspondientes, así como las obligaciones de cualquier índole que se deriven de resoluciones definitivas emitidas por autoridad competente”.
Esta ley precisa que las adecuaciones presupuestarias necesarias para el pago de estas obligaciones, “no podrán afectar el cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas prioritarios aprobados en el Presupuesto de Egresos”.
Añade que las dependencias y entidades que no puedan cubrir la totalidad de las obligaciones conforme a lo previsto en el párrafo anterior, “presentarán ante la autoridad competente un programa de cumplimiento de pago que deberá ser considerado para todos los efectos legales en vía de ejecución respecto de la resolución que se hubiese emitido, con la finalidad de cubrir las obligaciones hasta por un monto que no afecte los objetivos y metas de los programas prioritarios, sin perjuicio de que el resto de la obligación deberá pagarse en los ejercicios fiscales subsecuentes conforme a dicho programa”.
Estas mismas disposiciones están contenidas también en la Ley del Presupuesto y Contabilidad Gubernamental del Estado de Yucatán y en el Reglamento de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Municipio de Mérida.
Esto significa que la Comuna tiene la posibilidad legal de diferir el pago de las luminarias por varios años y como los bienes del Ayuntamiento no pueden ser embargados, dice Ruz Castro, creemos que, al final, nuestro plan de pago a 30 años será aprobado.— HERNÁN CASARES CÁMARA
Audiencia constitucional
Aún no hay fecha para la audiencia constitucional que resolverá el juicio de amparo.
Sentencia
El 31 de octubre el juez Felipe Consuelo Soto sentenció al Ayuntamiento de Mérida a cubrir las rentas que dejó de pagar a Santander ($281 millones, aproximadamente), cuando Renán Barrera Concha, en su primer periodo en la alcaldía, canceló el contrato de arrendamiento de esa luminarias, suscrito por Angélica Araujo Lara con AB&C Leasing —que luego cedió los derechos de cobro a Santander— así como los correspondientes intereses moratorios desde que dejó de pagarlos y hasta que finalizó el contrato de arrendamiento en marzo de 2016.
La Comuna
Pidió y obtuvo un amparo ante el rechazo a su plan de pago a plazos.
