La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la suma de dos pensiones del IMSS que reciba un trabajador no podrá exceder su último salario percibido, ya que se “puede afectar presupuestalmente la sostenibilidad económica del sistema pensionario”.
De esta forma, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, estableció las limitantes de las pesiones otrogadas mediante una jurisprudencia.
Los casos que llegaron a tribunales
Todo empezó cuando diversos pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) demandaron a la institución el reconocimiento de una pensión adicional por riesgo de trabajo conforme a lo indicado en los artículos 4 y 5 del Régimen de Jubilaciones y Pensiones.
Entonces, se “determinó que era procedente el otorgamiento y pago de la prestación reclamada”, señala en su tesis la SCJN.
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IMSS se inconforma y promueve amparo
Sin embargo, el monto conjunto superaba el 100% del salario que los demandantes percibían cuando estaban en activo, por lo que que el IMSS se informó y promovió un amparo directo.
“No resulta razonable que una persona jubilada bajo ese régimen reciba una pensión superior al salario que percibía cuando era trabajador en activo, a que esta situación contravendría los principios fundamentales de la seguridad social”, indica la Corte en el documento número de registro 2031970.
Los magistrados explican en la resolución “que las pensiones de este tipo tienen como objetivo garantizar un nivel de vida adecuado durante el retiro, pero no superar los ingresos laborales previos”.
Incluso “cuando no exista una disposición expresa que limite la suma de dos o más pensiones”, establecen los juzgadores. Por lo tanto, el histórico fallo de la corte es claro:
“Cuando la persona trabajadora perciba una pensión jubilatoria o de invalidez y, además, tenga derecho a otra pensión por riesgo de trabajo (…) la suma de esas pensiones no puede ser superior al 100% del último salario percibido en activo”.
¿Por qué la pensión no debe superar el sueldo de cuando el trabajador estaba activo?
El argumento del criterio es que la combinación de los ingresos cuando superan la última compensación que recibió una persona estaba activa “pueden afectar presupuestalmente la sostenibilidad económica del sistema pensionario”.
Finalmente, la Supre Corte resolvió la demanda de los jubilados mediante una tesis tipo Jurisprudencia, que es una interpretación sobre cómo debe entenderse y aplicarse una ley, que también sienta precedente para futuros casos similares.
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La resolución será obligatoria para futuros casos
La resolución del Poder Judicial se publicó el pasado 27 de marzo de 2026 en el Semanario Judicial de la Federación y, se estipuló su aplicación obligatoria desde el lunes 30 de marzo.
De esta forma, no solo resuelve el caso específico de una persona, sino que fija un criterio obligatorio para todos los jueces y tribunales del país: la suma de dos pensiones del IMSS por invalidez o riesgo de trabajo no puede exceder el último salario percibido.
