Fotos de archivo: Megamedia

MÉRIDA.- A partir de este miércoles 5 y hasta el 27 de febrero, el  Gobierno de Yucatán inicia con una serie de descuentos en el pago de multas, trámites y pago de derechos vehiculares. La información se publicó en el Decreto  estatal 176/2020 del Diario Oficial del Estado.

Condonación del 100 % del impuesto por tenencia

Se condona totalmente el pago del impuesto sobre la tenencia causado durante los ejercicios fiscales 2015 y anteriores a quienes cumplan estos requisitos.

  • Inicien, del 5 al 27 de febrero de 2020, el trámite de inscripción de un vehículo registrado en cualquier otra entidad federativa o en el extranjero en el Registro Estatal de Control Vehicular.
  • Paguen, en esas fechas, ante la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán las contribuciones y los aprovechamientos vehiculares correspondientes.

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Condonación del 50% de las multas por cambio de propietario

Se condona el 50% del monto total de las multas impuestas por la SSP por infracciones al Reglamento a los propietarios de vehículos que estén en los siguientes casos.

  •  Inicien, del 5 al 27 de febrero de 2020, el trámite para la inscripción del vambio de propietario de un vehículo.
  • El vehículo objeto del trámite referido se encuentre inscrito en el Registro Estatal de Control Vehicular.

Condonarán derechos por inscripción de vehículos usados

Los propietarios de vehículos registrados en cualquier otra entidad o el extranjero que realicen el trámite de inscripción al Registro Estatal de Control Vehicular podrán acceder a los siguientes beneficios:

  •  Cuando realicen el trámite de inscripción del 5 al 27 de febrero de 2020 obtendrán la tarjeta de circulación, las placas de circulación y la calcomanía correspondiente con fecha de vigencia hasta el 1 de marzo del citado ejercicio, se les condonará el pago de los siguientes derechos:
  •  Por las consultas que se realicen a las autoridades de otras dependencias del estado o de otras entidades federativas para verificar pagos de contribuciones, legalización de vehículos de procedencia extranjera o alguna otra documentación relativa a trámites de control vehicular.
  • Dotación, canje, reposición y baja de placas de circulación.
  •  Por control vehicular, tarjeta de circulación y calcomanía para automóvil, camión o camioneta, y la tarjeta de circulación para motocicletas y remolques.
Fotos de archivo: Megamedia

Exención del impuesto por enajenación de vehículos usados

Se  libera totalmente el pago del impuesto sobre enajenación de vehículos usados a los propietarios de vehículos que estén en cualquiera de estos casos.

  • Si el vehículo  está inscrito en el Registro Estatal de Control Vehicular e inicien, del 5 al 27 de febrero de 2020, el trámite para el cambio de propietario.
  • SI inician el trámite para la inscripción en el Registro Estatal de Control Vehicular de un vehículo registrado en cualquier otra entidad federativa o en el extranjero y, además, empiecen el trámite para la inscripción del cambio de propietario de dicho vehículo.

Toda la información en: http://www.yucatan.gob.mx/docs/diario_oficial/diarios/2020/2020-02-04_2.pdf

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