MÉRIDA.- Cinco personas asexuales de Yucatán presentaron una demanda de amparo en contra de la Secretaría de Salud federal y otras autoridades del Sistema Nacional de Salud por catalogar la asexualidad como una enfermedad psiquiátrica.
De acuerdo con un comunicado del Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán, los demandantes exigen que se modifiquen los protocolos y prácticas internas, así como que se capacite al personal de salud, especialmente al de servicios psiquiátricos.
La agrupación citada señaló que acompañó a los demandantes durante su proceso legal. La demanda fue admitida el viernes pasado por el Juzgado Tercero de Distrito en Yucatán.
¿Qué es la asexualidad?
El boletín detalla que “la asexualidad es una orientación caracterizada por no sentir atracción sexual hacia ninguna persona o un desinterés por las relaciones sexuales. Se calcula que al menos 1% de la población es asexual”. Esta sería la primera vez que se presenta un amparo a favor de las personas asexuales en México. En el Sistema Nacional de Salud la asexualidad está considerada un problema psiquiátrico.
? Desde el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán, acompañamos a 5 personas asexuales del estado en la demanda de amparo en contra de la @SSalud_mx y otras autoridades por catalogar la asexualidad como una enfermedad psiquiátrica. #NadaQueCurar ??? pic.twitter.com/4TxIVZyoUq
— Colectivo PTF Yucatán ?️????️⚧️ (@ColectivoPTFYuc) July 18, 2021
Sobre esto último, el texto difundido señala lo siguiente.
“Según el personal de la Secreta ría de Salud, si una persona afirma no tener atracción sexual hacia nadie, primero se le realizan estudios para identificar si tiene algún origen fisiológico. Descartado esto, canalizados al personal de psiquiatría para terapia.
“Esta práctica es una terapia de conversión de hecho, debido a que busca curar a las personas con orientación asexual. Las autoridades de salud no contemplan en sus protocolos la posibilidad de distinguir entre la asexualidad y alteraciones fisiológicas”.
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