El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) descartó el último recurso por el cual un grupo de ciudadanos pretendían que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) organizara un referéndum para que la ciudadanía opine si se debe o no aplicar la nueva Ley de Servicios de Seguridad de los Trabajadores del Estado.

De acuerdo con el expediente JDC-044/22 se notificó al Iepac el resultado de la sentencia de los magistrados electorales locales, en la cual decidieron de manera unánime desechar este recurso legal de manera simple y llana.

La sentencia es en respuesta al juicio de protección de los derechos político electorales de los ciudadanos, que promovió Alejandro Burgos Jiménez para impugnar el acuerdo emitido el pasado 7 de septiembre, en el cual se desechó la solicitud de organizar un referéndum respecto de la nueva Ley de Servicio Social del Estado (Isstey).

Aún les quedaría otra opción a inconformes con la Ley del Isstey

En la sesión de hoy, los magistrados electorales decidieron que no se posee la facultad para revertir los efectos de la publicación del decreto 332/2022 por la cual se emitió la ley en cuestión, dicho agravio se considera inoperante.

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Por tanto, de manera unánime los magistrados decidieron confirmar el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, en el cual se desechó la solicitud del referéndum.

Con lo anterior se dio por concluido este asunto polémico del Isstey en el Estado. Si los promoventes no están de acuerdo con la resolución tienen la opción de llevarlo a la Sala Regional en Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), como ya lo hicieron antes, también con resultado negativo.

David Domínguez Massa, reportero de la Agencia Informativa Megamedia- Tiene 41 años de trayectoria periodística, y es colaborador de Grupo Megamedia desde 2000. Premio Nacional de Periodismo en 2006, se especializa en temas de política, gobierno y electorales.