Después de haberse diferido el pasado viernes, ayer en prolongada audiencia contra el ex presidente municipal de Tahmek, acusado de peculado, la Juez de Control de Kanasín decidió no vincularlo a proceso judicial y sobreseer este caso.
Ante lo anterior, el exedil quedó liberarlo de la prisión preventiva que se impuso con anterioridad, por lo cual es probable que la Fiscalía Anticorrupción apele este resultado.
Se averiguó en dicho juzgado, que pese a los datos de prueba expuestos por la Fiscalía Anticorrupción por una denuncia interpuesta por la Auditoría Superior del Estado (ASEY) que señalaba la distracción de recursos públicos por parte del Ex alcalde, la Juez decidió no continuar con este caso.
¿Por qué se liberó al exedil de Tahmek?
Se informó que, entre las razones por las cuales que no se acreditó la distracción del recurso y el beneficio propio o de terceras personas, fue por estimar lo siguiente:
Que las facturas usadas para simular la compra de bienes y servicios a la fecha de celebración de la audiencia se encuentran vigentes de conformidad con el SAT, por tanto se tienen indicios de que si fueron ejecutados los servicios.
Que los múltiples testigos que declararon acerca de la inexistencia de los servicios y bienes por si solos no son suficientes para acreditar la simulación, puesto que además no existe otro dato de prueba que ampara que no se realizaron las operaciones y contrario a ello, existen testigos que manifiestan que si recibieron bienes amparados en algunas facturas basado en la declaraciones de tres testigos presentados en la audiencia por la defensa del imputado.
Del mismo modo, la Juez de Control señaló que no obran antecedentes de que las diversas empresas relacionadas con el caso se hayan prestado a simulaciones de operaciones puesto que no se encuentran en el supuesto del artículo 69 b del Código Fiscal de la Federación.
Por otra parte, aún cuando la fiscalía expuso que el desvío se realizó con recursos que recibió el presidente durante el periodo de enero a agosto de 2018, es decir durante el primer semestre del año, la Juez consideró que el municipio en el mes de agosto no contaba con suficientes recursos económicos para solventar el pago del gasto de $2, 863,971.80 que fuera imputado, puesto que acorde a los estados de cuenta el municipio durante ese mes solo recibió un millón de pesos en concepto de participaciones.
Por lo anterior, la Juez favoreció al imputado decretando el sobreseimiento del asunto en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Código Penal del Estado de Yucatán, es decir, que de acuerdo con su criterio el hecho no se cometió, por lo que el expresidente recuperó su libertad.
Sin embargo, cabe recordar que aún se encuentra vinculado a proceso en otra carpeta por el mismo delito de peculado.
