Todavía no empieza el proceso electoral 2024 para elegir gobernador de Yucatán y ya se presentó la primera denuncia o queja ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), fue contra Rogerio Castro Vázquez, secretario general del Infonavit, por hacer pública su aspiración de ser candidato de Morena a la gubernatura y difundir su imagen en anuncios espectaculares en Mérida.
La denuncia o queja, con fecha del viernes 9 de junio, fue presentada por la representación del PRI ante el Iepac, basada en publicaciones de Diario de Yucatán y otro medio local, así como con fotos de espectaculares con las imágenes del funcionario federal.
¿Cuándo empieza el proceso electoral 2024 en Yucatán?
Cabe recordar que el proceso para elegir gobernador, 35 diputados locales y 106 alcaldes conforme a la ley debe iniciar el próximo mes de octubre del presente año.
Gaspar Quntal Parra, presidente estatal del PRI, informó que esta queja formal o denuncia contra Castro Vázquez es por comisión de conductas contrarias a la Constitución federal y la del Estado, así como a la normatividad electoral aplicable, a efecto de que se realice la investigación conducente y la aplicación de las sanciones o de las consecuencias jurídicas que correspondan.
En el expediente se asienta que el secretario general del Infonavit, Castro Vázquez, mostró su interés en participar en la elección del candidato de Morena para la gubernatura de Yucatán, como consta en la publicación de un medio de comunicación local.
Se hace constar que Castro Vázquez ocupa el cargo de Secretario General del Infonavit y ha hecho patente, de forma por demás expresa, su intención de participar en el proceso interno de Morena a la candidatura del Gobierno del Estado de Yucatán.
Promoción de la imagen de Rogerio Castro, de Morena, en Mérida
Se agrega que desde el pasado 2 de junio de 2023 en distintos lugares de la ciudad se encuentra propaganda donde se promueve la imagen de Rogerio Castro Vázquez mediante espectaculares de los cuales lograron ubicar varios y dan las direcciones donde se encuentran.
Como ejemplo de los espectaculares citan que en la calle 187 Diagonal entre las calles 60 y 58-A de la colonia Guadalupana, con código postal 97315, se aprecia a simple vista, con las leyendas: “¡oilo!”; “ROGERIO CASTRO” “Acabamos con los créditos impagables del Infonavit” y seguido de una fotografía de su rostro y agrega una dirección de sitio web OILOYUCATAN.COM y una página de Facebook OILOYUCATAN.
Se añade que con fecha 8 de junio Diario de Yucatán, en su versión electrónica, específicamente en la liga: www.yucatan.com.mx/merida/2023/6/8/abierta-promocion-de-la-imagen-de-rogerio-castro-de-morena-en-calles-de-merida-410744.html, publica una nota periodística con el encabezado: “Abierta promoción de la imagen de Rogerio Castro, de Morena, en calles de Mérida”.
Posibles actos anticipados de campaña de Rogerio Castro Vázquez
En esa nota se advierte la amplia difusión de la imagen de Castro Vázquez, con espectaculares en varias partes de la ciudad y el propósito de darse a conocer con el electorado para buscar posicionarse sobre cualquier posible competidor.
Se ilustra con la fotografía de un espectacular ubicado en la calle 35 por calle 40 de la colonia Jesús Carranza, con la misma información y contenido descrito en el numeral I de este hecho.
En la denuncia o queja se solicitó la intervención de la oficialía electoral, para que acuda a verificar la presencia de los anuncios ya citados, así como los portales que se mencionan en esos anuncios, y se proceda a aplicar lo que la ley establece, por estos que podrían ser actos anticipados de campaña entre otros.
Además, piden que se ordene al funcionario del Infonavit que retire todos los espectaculares de inmediato y los gastos corran por su cuenta.
¿Qué dice la ley sobre la propaganda de políticos?
El punto tres del artículo 226 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales indica que “los precandidatos a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna convocados por cada partido no podrán realizar actividades de proselitismo o propaganda por ningún medio antes de la fecha del inicio de las precampañas. La violación a esta disposición se sancionaría con la negativa de registro como precandidato”.
