Los socios de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados en Yucatán que deseen gozar el beneficio de la suspensión definitiva para reactivar sus áreas para fumar solo tienen que gestionarlo en esta delegación y tramitarlo en el micrositio para que de 24 a 48 horas les llegue copia de la sentencia que ganaron contra la ley antitabaco del gobierno federal, informó Claudia González Góngora, presidente de la Canirac en la entidad.
“Incluso los que no son socios de la Canirac y sienten que les afectan sus derechos e intereses pueden acercarse y se les brindará la información con especialistas jurídicos para ver cuáles son sus alternativas”, añadió.
Como informamos, el pasado 13 de julio el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió a la Canirac la suspensión definitiva del decreto que reforma el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco que entró en vigor el 15 de enero de este año.
De acuerdo con la autoridad, la suspensión definitiva contra el decreto, conocido como ley antitabaco, es inatacable.
Amparo contra la ley antitabaco beneficiaría a restaurantes en Yucatán
Al respecto, Claudia González declaró que la Canirac nacional y sus delegaciones, además de alzar la voz por el sector gastronómico en los ámbitos nacional y estatal, “emprenden acciones firmes y con resultados, como este amparo en defensa de los intereses de sus afiliados y la industria restaurantera”.
Aprovechó para hacer un llamado a los restauranteros afiliados, y a los que aún no lo están, a acercarse a Canirac Yucatán para que continúen trabajando juntos por el gremio.
“Y sigamos demostrando que somo una industria fuerte, unida y resiliente, que contribuye de manera constante a la generación de empleo y desarrollo económico de nuestro Estado”, subrayó.
¿Desde cuándo aplica el amparo para reactivar las áreas para fumar?
En cuanto a los beneficios del amparo contra las restricciones de áreas para fumar, dijo que aplica desde el 13 de julio, cuando se emitió la sentencia.
“Lo que deben hacer los socios para hacerlo efectivo es tramitarlo en el micrositio, donde se deben inscribir, acreditar su afiliación, y de 24 a 48 horas se les envía copia de la sentencia para rehabilitar las áreas de fumar que tenían antes de que entrará en vigor la restricción”, explicó Claudia González.
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La empresaria recordó que los restaurantes tenían dos caminos para defenderse de las restricciones del reglamento: tramitar el amparo de manera individual o tramitarlo en el colectivo que promovió la Canirac por sus socios.
Los que lo obtuvieron en lo particular ya están en la misma situación, los que todavía no les contestan puede adherirse al amparo colectivo y con eso reactivar sus áreas de fumar
Para ampararse en lo individual, la dirigente explicó que los restauranteros tenían dos opciones, la primera era tramitar el amparo a más tardar en febrero pasado y la otra esperar a cuando les ejercieran el primer acto administrativo o de revisión y de inmediato ampararse contra esa sanción, “aunque el punto era no llegar a esa situación”.
¿Los que no son socios de Canirac se pueden sumar al amparo?
Para los que no son socios de Canirac y sienten que afectan sus derechos e intereses con esas disposiciones, informó que pueden acudir a la Cámara a través de las delegaciones, en este caso Yucatán, para darles la información y, con apoyo de especialistas jurídicos, analizar sus opciones en este caso.
Al explicar cómo se ganó el amparo, la empresaria restaurantera expuso que los argumentos para interponer el amparo fueron que se permita a sus afiliados la prestación de los servicios para el consumo de alimentos, bebidas y entretenimiento en las zonas habilitadas y exclusivas para fumar, conforme a las disposiciones de la ley previas a la entrada en vigor del reglamento.
Señaló que la industria restaurantera ya cumplía con normas que resguardan el derecho de protección a la salud de los no fumadores y a un ambiente sano libre de humo, al mismo tiempo que respetaba el derecho al libre desarrollo de la personalidad de las personas fumadoras.
Afirman que nueva ley antitabaco limita el ejercicio de derechos humanos
La nueva norma genera una serie de restricciones y prohibiciones en la industria, que tienen como propósito limitar el ejercicio de otros derechos humanos, como el que se obligue a discriminar y a negar el servicio a clientes, añadió.
El sistema normativo establecido cumplía con las finalidades del decreto de una manera menos restrictiva a otros derechos, como lo sigue indicando la Ley General para el Control del Tabaco
“Es importante resaltar que la suspensión al decreto aplica para aquellos restaurantes afiliados a la Cámara que demuestren su afiliación y cuenten con licencia de funcionamiento vigente que cumpla con lo establecido en la Ley General para el Control de Tabaco”.
El trámite se hace en el micrositio: https://portal.canirac.org.mx/obten_amparo/ hospedado en la página de internet de la Canirac.
