Ayer en el Congreso se presentaron iniciativas para atender de manera emergente y preferente el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, y para que se declare que el 18 de noviembre de cada año sea el “Día Estatal de la Representación Política de las Mujeres en Yucatán”, aprovechando que este año se cumplen 100 años de cuando fueron electas en Yucatán las primeras diputadas.
Como estaba previsto, en la sesión plenaria los diputados aprobaron por unanimidad las convocatorias para elegir como cada año a los recipiendarios de la medalla “Héctor Victoria Aguilar” y el Reconocimiento “Diputado Pánfilo Novelo Martín”, que se otorgarán en enero.
Aunque estaba enlistado en los asuntos en cartera, la aprobación de la convocatoria para designar al nuevo presidente de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Yucatán (Codhey), la mesa directiva dispuso que se turne a segunda lectura para su discusión y aprobación en una siguiente sesión plenaria, como hace muchos años no se hacía.
Sin embargo, se informó en el Congreso que se pospuso para esperar a que en comisiones se discuta y dictamine la solicitud de Miguel Sabido Santana, quien pide sea ratificado en el cargo, y esperan sea desechada primero, para luego iniciar el proceso de selección del nuevo presidente.
Respecto a las iniciativas, la diputada Fabiola Loeza Novelo propuso reformas a la Ley de Víctimas del Estado en materia de protección inmediata en caso del delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.
Explicó que con estos cambios se busca que el Ministerio Público pueda solicitar de manera emergente y preferente que aquellas personas que denuncien el delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar puedan ser apoyadas por el fondo de víctimas previsto en la Ley de Víctimas local.
“Esto es posible si tomamos en cuenta que las autoridades están obligadas a evitar toda posible afectación y modalidad de violencia en contra de las mujeres, y en general, de toda persona que sufra este delito, especialmente cuando se cometa en agravio de menores de edad o personas con alguna discapacidad”, explicó.
Consideró que este tipo de reformas permite que la ley sea más eficaz y coadyuve para ayudar a personas que, la propia norma, las presume con una necesidad surgida de la calidad de víctima; cabe señalar que esta nueva política reparatoria y emergente, no viene a sustituir el cumplimiento de la obligación del deudor alimentario, ni tampoco extingue el delito.
“Se trata de una medida de avanzada que se sustenta en la progresividad, en el mayor beneficio y en la asistencia que las víctimas deben tener para cumplir en la observancia del principio constitucional de acceso a la justicia”, indicó
