El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) confirmó ayer las candidaturas indígenas de tres morenistas de los distritos 11 con sede en Tecoh, 20 de Tekax y 21 de Ticul.
El TEEY consideró infundados los agravios reclamados a los morenistas a diputaciones.
En la misma sesión se confirmó que fue correcta la decisión de la Unidad de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) de negar la aplicación de medidas cautelares en el proceso —que aún continua en investigación— contra la candidata a la alcaldía de Mérida por los partidos PAN, PRI y Nueva Alianza, Cecilia Patrón Laviada.
En el primer caso, pobladores pidieron revocar la candidatura de Alba Cristina Cob Cortés por el distrito 11, asegurando que no se explicó qué documentos fueron exhibidos por el partido para acreditar su autoadscripción indígena.
Fernando Bolio Vales, magistrado y encargado del proyecto de sentencia, dijo que Alba Cob Cortés acreditó ser residente de Kanasín desde hace 15 años, y de acuerdo con su acta de nacimiento tiene un apellido indígena maya.
Sobre el caso contra la candidatura de Neyda Aracelly Pat Dzul, que contiende por el distrito 21, el magistrado planteó que se constató que cumple los requisitos establecidos, ya que tiene cédula profesional de maestra bilingüe de educación primaria indígena, con la cual hace constar que es mayahablante, y obra en autos constancias que acreditan su participación en mesas de trabajo en Ticul, Maxcanú y Tekax, para la prevención, atención y sanción de la Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género.
Por último, sobre el caso de Aidé Verónica Interian Arguello, candidata por el distrito 20, Bolio Vales confirmó el acuerdo del Consejo Distrital del Iepac que aprobó la candidatura indígena, ya que la morenista cumplió con al menos dos requisitos de los lineamientos para la autoadscripción calificada.
El comisario ejidal de Maní y la comisaría ejidal de Tzucacab hicieron constar que la candidata es reconocida como parte de dicha comunidad indígena, realizó actividades y trabajos a favor de ésta, constancias que generan plena certeza a la autoridad jurisdiccional de que tiene un vínculo efectivo.
