Una jornada de promoción de la protección de datos personales del Inaip. El instituto será sustituido por la Secretaría de Anticorrupción
Una jornada de promoción de la protección de datos personales del Inaip. El instituto será sustituido por la Secretaría de Anticorrupción

A partir de que entre en vigor los decretos que establecen las nuevas reglas e instituciones en materia de transparencia y acceso a la información del Estado, concluirán sus funciones y atribuciones los comisionados del hoy extinto Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública (Inaip), y la actual Secretaría de la Contraloría asumirá la titularidad de la nueva Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno.

Entre otras disposiciones que se deben cumplir, se encuentran también plazos que van desde el mismo día en que entre en vigor un comité de transparencia.

El gobernador Joaquín Díaz Mena tiene hasta 180 días para modificar y adecuar el reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán (Capy).

Según los artículos transitorios de las recientes iniciativas de reformas enviadas por el gobernador y aprobadas el pasado miércoles en un periodo extraordinario de sesiones plenarias del Congreso, como publicó ayer el Diario, éstas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del gobierno del Estado, y se espera que ocurra en los próximos días.

Disposiciones

Entre los transitorios destacan como las disposiciones inmediatas, el que: “Los comisionados del Inaip en Yucatán concluirán sus funciones y atribuciones a la entrada en vigor de este decreto, conforme a lo establecido…”.

Asimismo, precisan que “con el objeto de no afectar derechos adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, la persona titular de la actual Secretaría de la Contraloría General continuará en el cargo de titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno sin necesidad de nuevo nombramiento por parte del titular del Poder Ejecutivo, ni la ratificación por parte de la legislatura y concluirá su cargo en los términos de su nombramiento”.

Otra disposición inmediata es que se instalará “a partir de la entrada en vigor de este decreto, un comité de transferencia conformado por los comisionados del instituto, seis personas servidoras públicas de este con el nivel de dirección de área o equivalente y conocimiento, o que se encuentren a su cargo los asuntos que se mencionan en los propios transitorios, un representante de la Consejería Jurídica, otra de la Secretaría de Administración y Finanzas y una de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno”.

Se precisó que, este comité estará vigente por 30 días naturales.

Sus integrantes participarán con las diversas autoridades competentes para la correspondiente entrega y para realizar las demás acciones que se consideren necesarias para tales efectos.

Sin trámites

Además, para los usuarios “se suspenden por un plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor de este decreto todos y cada uno de los trámites, procedimientos y demás medios de impugnación, establecidos en este instrumento y demás normativa aplicable, excepto la recepción y atención de las solicitudes de información que se tramitan a través de la Plataforma Nacional de Transparencia por las autoridades a que se refiere este decreto”.

Se advirtió que, los expedientes y archivos a cargo del Inaip serán transferidos a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno en un plazo no mayor a 20 días hábiles, contado a partir de la entrada en vigor del decreto, al igual que, los recursos humanos, materiales, financieros y presupuestales con que cuenta ese instituto ya extinguido.

Posteriormente, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en un plazo no mayor a 30 días naturales, contado a partir del día que reciba los documentos, podrá transferirlos a la autoridad correspondiente.

De igual manera, se establece que en un plazo de hasta 60 días para que se instale el Comité del Subsistema Estatal de Acceso a la Información Pública, previa convocatoria que al efecto emita la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

Adecuaciones

Al gobernador se le da un plazo de hasta 90 días para expedir las adecuaciones correspondientes a los reglamentos y demás disposiciones aplicables, incluida la emisión del reglamento por el que se regulará el órgano desconcentrado que se llamará Transparencia para el Pueblo de Yucatán.

Hay otro plazo de 90 días naturales para el órgano de control y disciplina del Poder Judicial; los órganos internos de control de las instancias constitucionales autónomas y la contraloría interna del Congreso del estado; para hacer las adecuaciones necesarias a su normativa interna y cumplir este decreto.

A los sujetos obligados a que se refiere este decreto se advierte que deberán expedir en 180 días naturales la normativa necesaria para regular sus unidades y comités de transparencia y dar cumplimiento a las disposiciones contenidas.

David Domínguez Massa, reportero de la Agencia Informativa Megamedia- Tiene 41 años de trayectoria periodística, y es colaborador de Grupo Megamedia desde 2000. Premio Nacional de Periodismo en 2006, se especializa en temas de política, gobierno y electorales.