Ratifican resolución del TEEY contra la magistrada Graciela Alejandra Torres Garma por uso indebido de recursos con fines de promoción
Ratifican resolución del TEEY contra la magistrada Graciela Alejandra Torres Garma por uso indebido de recursos con fines de promoción

No le fue posible a la magistrada Graciela Alejandra Torres Garma librarse de la sentencia emitida en su contra por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), y al final, el próximo lunes 1 de septiembre dejará su cargo con la amonestación pública que le fue impuesta, por el uso indebido de recursos públicos, como lo confirmó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En esta confirmación, la Sala Superior consideró que la magistrada “pierde de vista que el Procedimiento Especial Sancionador (PES) tiene como finalidad verificar la existencia o inexistencia de los hechos denunciados, a fin de valorar si constituye la infracción a la normativa electoral que le fue atribuida, para en su caso, imponer la sanción correspondiente, a fin de inhibir la comisión de las conductas que vulneren el orden jurídico electoral”.

Lo anterior fue parte de la resolución emitida por la Sala Superior en sesión pública realizada el pasado jueves 21 del presente mes, al resolver como infundados e inoperantes los agravios planteados en la impugnación que promovió la magistrada Graciela Torres y así confirmar la sentencia del TEEY.

Como se informó, Graciela Torres Garma fue sancionada por el TEEY al encontrarla responsable de hacer uso indebido de recursos públicos, porque grabó videos en las instalaciones judiciales restringidas y las subió a sus redes para promocionarse como parte de su campaña durante las últimas elecciones extraordinarias judiciales, en las cuales buscaba reelegirse, aunque perdió en la jornada.

Inconforme con esa sentencia, la magistrada se inconformó ante los tribunales electorales federales, donde intentó revertir el resolutivo del TEEY por considerar que la denuncia en su contra se debió sobreseer, pues en su opinión era “notoriamente frívola o improcedente”.

Señaló que las grabaciones reclamadas se llevaron al cabo fuera del horario laboral, la materia de la denuncia resulta irreparable, porque ya había concluido la jornada electoral extraordinaria judicial.

Sin embargo, en el estudio de este caso marcado como el expediente SUP-JG-80/2025 a cargo del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, al revisarlo como PES la encontró responsable de uso indebido de recursos públicos e imagen institucional del Tribunal Superior, con fines de promoción personalizada y proselitismo.

En consecuencia, le impuso como sanción una amonestación pública, y así se aprobó por unanimidad.

Lo anterior porque como se dijo al principio, la Sala Superior resolvió que este procedimiento tiene la finalidad verificar la existencia o inexistencia de los hechos denunciados, valorar si constituye la infracción a la normativa electoral que le fue atribuida, para en su caso, imponer la sanción correspondiente, a fin de inhibir la comisión de las conductas que vulneren el orden jurídico electoral, como al final sucedió.

Consideraron que, el TEEY especificó los elementos que tomó en consideración para tener por acreditada las faltas cometidas por dicha magistrada y que el denunciante ofreció pruebas, además en la impugnación, la magistrada no combatió las razones por medio de las cuales se demostró que no podía utilizar el inmueble del Poder Judicial para hacer publicidad, lo que representó una inequidad en relación con sus adversarios.

David Domínguez Massa, reportero de la Agencia Informativa Megamedia- Tiene 41 años de trayectoria periodística, y es colaborador de Grupo Megamedia desde 2000. Premio Nacional de Periodismo en 2006, se especializa en temas de política, gobierno y electorales.