Muchas de las trabajadoras domésticas desconocen sus derechos laborales, porque frecuentemente son vistas ven como parte de la familia
Muchas de las trabajadoras domésticas desconocen sus derechos laborales, porque frecuentemente son vistas ven como parte de la familia

México ha logrado avances importantes en la normatividad y legislación a favor de las trabajadoras y trabajadores del hogar. Lamentablemente, en Yucatán, como en el resto del país, estas disposiciones no se cumplen a cabalidad.

“La falta de conocimiento sobre los derechos de los trabajadores domésticos es alarmante. Muchos no tienen un contrato y las condiciones laborales son precarias”, afirma Absalón Álvarez Escalante, director de la Facultad de Derecho y Relaciones Internacionales de la Universidad Anáhuac Mayab.

“El Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un paso crucial hacia el reconocimiento de los derechos de los trabajadores domésticos. México ratificó este convenio en 2020, y con ello implementó reformas importantes en la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social”, agrega.

Con la celebración del Día del Trabajador Doméstico a la vista, cada 30 de marzo, Álvarez Escalante hace un llamado a la sociedad: “Debemos reconocer la enorme contribución que hacen los trabajadores domésticos a nuestras vidas. Es tiempo de fomentar una cultura de respeto hacia sus derechos y dignidad como profesionales”, comenta.

Al abordar la importancia de la legislación laboral en México, especialmente en lo que respecta a los derechos de los trabajadores domésticos, el académico destaca el papel de la OIT y el impacto del Convenio 189, que busca garantizar condiciones dignas para este sector.

El director detalla que uno de los cambios más relevantes es la regulación del trabajo doméstico como un “trabajo especial”. “Esto significa que los trabajadores domésticos tienen derecho a un contrato escrito, a un salario mínimo profesional y a condiciones laborales dignas. Por ejemplo, deben tener una jornada laboral definida, que incluye un descanso nocturno de al menos nueve horas y un descanso intermedio de tres horas”, afirma.

Recuerda que, con el Convenio 189 de la OIT, México comenzó a transitar hacia una mayor protección. Su ratificación en 2020 trajo consigo dos reformas trascendentales en la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos del 331 al 343, para establecer normativas que protegen a estos trabajadores, quienes a menudo carecen de derechos básicos.

Qué dice el Convenio 189 en materia de trabajadores del hogar

El artículo 331 define este oficio de la siguiente manera: “Es aquella que de manera remunerada realice actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral”.

En estos artículos, que incorporan los aspectos del Convenio 189, se establece la obligatoriedad de un contrato escrito de trabajo —aunque, lamentablemente, por lo general no existen en los hogares—, así como el respeto a la privacidad, la libertad y la dignidad de la persona trabajadora del hogar.

Álvarez Escalante considera que un tema relevante es la jornada laboral. “No tenemos la cultura; somos herederos de una visión de que el empleado doméstico no tiene horario y sí tiene una jornada laboral. Creo que vale la pena comentarlo”.

Explica que la ley contempla tres figuras de trabajadores del hogar: primera, aquella que trabaja para una persona y vive en la casa donde labora; segunda, la que trabaja en el hogar, pero no vive en el domicilio donde realiza sus actividades, y tercera, una modalidad cada vez más común, en la que el empleado o empleada trabaja en varios lugares distintos y no vive en ninguno de ellos.

Con estas reformas, el empleado o empleada doméstica tiene derecho a un salario mínimo profesional. “El que nos compete aquí es de 342 pesos 47 centavos al día, que se debe pagar como mínimo”, señala.

También se establece un horario, el cual debe fijarse en un contrato por escrito, y debe respetarse una jornada laboral especial, que consiste en un descanso nocturno de nueve horas, además de un descanso de tres horas entre las labores de la mañana y la tarde. “Si no respetamos esta jornada de descanso nocturno de nueve horas o si no permitimos las tres horas de descanso intermedio, la ley establece que debe ser considerada como tiempo extra”, precisa.

Otro aspecto es que, cuando el trabajador vive y come en la misma casa donde labora, esto puede deducirse de su pago, hasta la mitad del salario que se le asigne o lo que establezca el contrato. Lamentablemente, la mayoría ni siquiera cuenta con contrato, y menos se cumplen todas las condiciones laborales que marca la ley. “Empieza por su desconocimiento; pocos están informados de estas normas, y también en muchas ocasiones es por falta de cultura, o porque muchas veces los ven como parte de la familia y no lo consideran necesario”, añade.

Las reformas a la Ley del Seguro Social también establecen beneficios sociales para estos trabajadores, pero muy pocos gozan de esta prestación.

Álvarez Escalante enfatiza la importancia de ofrecer un salario mínimo de 342.47 pesos diarios, así como la obligación de inscribir a estos trabajadores en el régimen obligatorio del seguro social. “No solo se trata de un derecho, sino que también protege al empleador de posibles riesgos y responsabilidades legales”, añadió.

A pesar de los avances legislativos, el director lamenta que, en la práctica, muchos empleadores no conocen o no cumplen con estas normativas. “La falta de conocimiento sobre los derechos de los trabajadores domésticos es alarmante. Muchos no tienen un contrato y las condiciones laborales son precarias”, expresa.

“Es fundamental que tanto empleadores como trabajadores estén informados sobre estos derechos y obligaciones. La cultura laboral en México necesita evolucionar para garantizar el respeto a la dignidad de los trabajadores”, subraya.

David Domínguez Massa, reportero de la Agencia Informativa Megamedia- Tiene 41 años de trayectoria periodística, y es colaborador de Grupo Megamedia desde 2000. Premio Nacional de Periodismo en 2006, se especializa en temas de política, gobierno y electorales.