Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Foto de Internet

Once días después de que la Gaceta del Senado de la República publicó una iniciativa para nombrar a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la propuesta sigue generando comentarios a favor y en contra en las redes sociales de los sitios de los legisladores y de otros especialistas de la materia.

La elección de Juan Luis González Alcántara como ministro de la Suprema Corte de Justicia de México.- Foto de El País

Otro de los temas que también fue blanco de dimes y diretes fue la confirmación de Juan Luis González Alcántara, quien desde el jueves 19 pasado es ministro de la Suprema Corte de Justicia de México.

Dos rondas de votaciones le tomó al Senado para confirmar al jurista de 69 años en la vacante que dejó el retiro de José Ramón Cossío del tribunal constitucional mexicano.

González Alcántara asumirá su cargo por 15 años justo en un momento de tensiones inéditas entre el ejecutivo de Andrés Manuel López Obrador y el poder judicial, institución que externa reticencias al programa de austeridad de la administración del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).

En relación con la iniciativa para nombrar a ministros de la SCJN por voto popular, representantes en el Senado del Partido del Trabajo realizaron el planteamiento oficial para que los jueces sean electos por mayoría relativa y ocupen el cargo por seis años.

El pleno de la Cámara de Senadores turnó a comisiones la iniciativa que tiene como propósito someter a los candidatos a ministros de la SCJN a un modelo de elección popular, semejantes a los que se siguen en Venezuela y Bolivía, dos países donde hay gobiernos de tendencia de izquierda.

En la gaceta parlamentaria se publicó la propuesta del Partido del Trabajo que plantea reformas a los artículos 76, 89, 94, 95, 96 y 98 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El documento, según se lee en el documento oficial de la iniciativa, plantea que el Artículo 76 considere que dos terceras partes del Pleno del Senado avalen la lista de candidatos a ministros que hayan cumplido “con los requisitos y criterios de elegibilidad e idoneidad”.

De acuerdo con el proyecto, la SCJN se compondrá de once ministros elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y durarán en su encargo 6 años, acorde a la reforma planteada al Artículo 94 de la Carta Magna; y agrega que los ministros podrán ser removidos del máximo tribunal.

Entre las reformas al Artículo 95 constitucional se precisa que los aspirantes a ocupar los puestos de ministros, deben tener al menos 35 años cumplidos el día de la elección; poseer título profesional de licenciatura en Derecho, con antigüedad mínima de 10 años al día de la elección, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello; haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la elección; no haber sido secretarios de Estado, fiscal general de la República, senadores, diputados federales, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de la elección.

También se señala, entre otras cosas, que ninguno de los postulantes podrán realizar campaña electoral a favor de sus candidaturas y que será el INE el único responsable de difundir los méritos de los candidatos, precisa la propuesta de reforma al Artículo 96.- Megamedia