día de descanso obligatorio
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Muchas personas se confunden cuando trabajan el día de descanso obligatorio, ya que existen algunos de estos que el pago se realiza doble y en otras ocasiones es el triple.

Este día 4 de febrero se considera día de descanso obligatorio ya que en la Ley Federal del Trabajo, se considera que el primer lunes de este mes es cuando se conmemora el aniversario de la promulgación de la Constitución Mexicana de 1917 del día 5 de febrero.

Si en esta ocasión te tocó trabajar el pago por tu trabajo deberá ser triple, es decir, cobrarás el día normal más dos veces tu salario. Por ejemplo, si ganas 200 pesos por un día de trabajo normal, por este día te pagarán 600 pesos.

Si bien no tienes obligación de presentarte a trabajar los días de descanso obligatorios, existen ocasiones en las que se solicite a algunos empleados acudir al trabajo, de ser así este deberá ser pagado como hemos mencionado anteriormente.

¿Cuáles son los días de descanso obligatorios?

Todos los días de descanso obligatorio deberán de pagarse al triple, siempre y cuando el empleado los trabaje.

De acuerdo con el articulo 74 de la Ley Federal de Trabajo  los días son:

  • El primero de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El primero de mayo
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • El primero de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • El 25 de diciembre

También los días que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

 

Vianey Alejandra Paulino Cuxin es editora web egresada de la Licenciatura en Ciencias y Técnicas de la Comunicación por la Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID). Se incorporó a la División de Medios de Grupo Megamedia en marzo de 2015.