CIUDAD DE MÉXICO (El Universal).— A partir de este mes, todos los requerimientos que dicta la Reforma a la Subcontratación son aplicables en su totalidad, y su incumplimiento puede sancionarse con multas de hasta 4.4 millones de pesos, e incluso con prisión.

Frente a ello, el IMSS dio a conocer que 301 empresas han tramitado 327 amparos judiciales.

De acuerdo con Armando Leñero, presidente del Centro de Estudios del Empleo Formal (CEEF), estos aún pueden estar detenidos ante el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Laboral de la Ciudad de México por dos importantes razones.

La primera es que se atenta contra el Artículo 1o. Constitucional, donde se precisa que “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos… así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse”; la segunda razón es la más preocupante, dice, pues prohíbe a las empresas dedicarse a las labores de su preferencia, siendo estas lícitas, yendo en contra del Artículo 5o. Constitucional.

“Es inquietante que estos amparos se promovieron en mayo y siguen detenidos, lo que supone que, si la justicia no es rápida y expedita, no es justicia”, dijo Leñero.

Las empresas, explicó, deben contar con el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados (Repse)cuando sus trabajadores se pongan en beneficio de un tercero y lleven al cabo servicios especializados en un centro de trabajo que no sea el suyo, sino del contratante. Y las compañías externas también deberán contar con su registro para continuar prestando sus servicios.

“Las empresas van a seguir trabajando, pero habrá inspecciones que, en muchos casos, el problema será que los beneficiarios de estos servicios ahora estarán solicitando a los despachos o consultorías que comprueben su registro. Igual, en muchas ocasiones veremos que ya no podrán hacer contrataciones por esta razón”, concluyó el director de Retribuye.

 

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