A diferencia de Estados Unidos, México no cuenta con “seguro de desempleo”, sino que los trabajadores deben recurrir al “préstamo” parcial de su fondo de ahorro para el retiro en sus respectivo Afore, lo cual representa un perjuicio si no se devuelve este dinero.

De acuerdo con información de Business Insider México, hasta 2021 al menos 1.7 millones de trabajadores solicitaron un “retiro parcial por desempleo”, como se le conoce al trámite, cuyo monto otorga el IMSS junto a la Afore correspondiente. Esto equivale, según el mismo sitio, un monto de 20,060 millones de pesos entregados a los mexicanos desde el inicio de la pandemia por Covid-19.

¿Cuánto paga el IMSS y Afore por el seguro de desempleo?

Y es que la falta de empleo y el cierre de comercios obligó a que los trabajadores recurrieran a sus respectivos afores para subsanar su economía a la espera de una nueva oportunidad laboral. El monto otorgado, de acuerdo con información de consar.gob.mx se determina a partir de dos modalidades que equivalen a:

  • Modalidad A: 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de Medida de Actualización.
  • Modalidad B: Lo que resulte menor entre 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador en las últimas 250 semanas o las que tuviere y el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).

Requisitos para tramitar el seguro de desempleo

Para tramitar el “seguro de desempleo”, que solo se puede efectuar una vez cada cinco años; es necesario cumplir con los siguientes requisitos, señalados en la misma página del Gobierno de México:

  • Tener al menos 46 días en situación de desempleo.
  • Tener una Cuenta Individual registrada en una AFORE.
  • No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite.
  • Contar con con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico que será generado por la AFORE con información del Trabajador, su identificación oficial, su comprobante de domicilio y y la captura de sus huellas digitales (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”).
  • Para ejercer la Modalidad A, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres de cotización acreditados en dicha cuenta.
  • Para ejercer la Modalidad B, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con 5 años o más de haber sido aperturada.
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¿Por qué debo devolver el seguro del desempleo al Afore?

Sin embargo, es importante conocer las implicaciones de este retiro y es que no solo afecta el monto de ahorro generado hasta el momento en el afore, sino también a las semanas cotizadas.

La buena noticia es que el trabajador puede recuperar estas mismas a través de la devolución o ahorro voluntario a su cuenta afore, que finalmente es de la que podrá gozar una vez que pueda solicitar su jubilación al concluir su vida laboral.

Afore: cómo devolver a mi cuenta el monto que retiré por desempleo

Los pasos para esta devolución, que se realiza de manera presencial, son los siguientes:

  • Acudir a la sucursal de la administradora (afore) en donde tienes tus recursos y ellos te entregarán un formato de solicitud.

  • Las administradoras deberán verificar ese mismo día que la cuenta individual se encuentre en sus bases y validar la solicitud.
  • Una vez certificada se confirmará el monto que se tendrá que reintegrar a tu cuenta individual, puede ser el monto total o parcialidades; sin embargo, el IMSS, a través de las afores harán un cálculo pues se genera una actualización para que el dinero no se deprecie; esto quiere decir que podría ser un monto mayor al que se recibió del “seguro de desempleo”.
  • Cinco días hábiles después que la afore te notifique el monto que puedes reintegrar a tu cuenta individual, deberás realizar el depósito directamente en las administradoras.
  • La afore deberá notificarte el reintegro de recursos.

De acuerdo con información de Infobae, el trabajador también podrá conocer el monto que debe regresar a través de la página https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/semanascotizadas-web/usuarios/IngresoAsegurado, donde deberá tener a la mano:

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Correo electrónico